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No funciona un sistema previsional si es litigioso

Sabado, 26 de mayo de 2012 23:04
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Se tienen que eliminar todos los problemas que generan alta litigiosidad en el sistema previsional. De esta manera será más equitativo y sustentable en el tiempo y que conforme, de una vez por todas, una política de Estado que sea respetada por todos los gobiernos. Cuando hablamos sobre jubilaciones especiales o de privilegio en nuestro país, nos hallamos frente a una realidad totalmente heterogénea que no responde a una clasificación, sino es por la negativa.

Los regímenes previsionales especiales son todos los que no se rigen por las pautas establecidas en el sistema general previsional actual (ley 24.241) . Desde 1968, cuando se unificaron las cajas en el ámbito nacional, hasta la actualidad muchas normas han establecido una variada cantidad de excepciones y diferencias a los requisitos y a los beneficios establecidos en el régimen general. Podemos decir que los regímenes más naturalmente excepcionales son los diferenciales o insalubres. En toda legislación previsional hay una cantidad de profesiones o actividades donde la naturaleza de algunas de las tareas desempeñadas es insalubre o determinante de vejez o agotamiento prematuro.
 
Para compensar las consecuencias del envejecimiento prematuro se dictan normas previsionales que tratan de compensar con una menor exigencia en los que respecta a años de servicios y/o edad, pero en lo que hace al cálculo del haber jubilatorio se respeta el haber del régimen general. El objetivo de los regímenes diferenciales para tareas insalubres es la adecuación de la cobertura por vejez a las diversas situaciones a las que están expuesto el trabajador durante su vida laboral, sea por desempeñarse en tareas que implican riesgo o porque sus exigencias son causa de agotamiento y vejez prematura, o por prestar servicios en lugares o ambientes en condiciones desfavorables.

Es por ello que a fin de proteger al trabajador de sus circunstancias laborales y darle una adecuada cobertura, el sistema previsional adopta el mecanismo de reducción en las exigencias de tiempo de servicios y edad requerida para acreditar el derecho a las prestaciones de sobrevivencia (jubilación ordinaria).

Los regímenes de privilegios

Pero también hay un conjunto de normas que son específicas para funcionarios y agentes del sector público, que a lo largo del tiempo han sido creadas y luego derogadas y vuelta a recrear en un conflicto permanente con el régimen previsional. Este conjunto de normas son las llamadas regímenes especiales (en sentido estricto), también conocidas generalmente como regímenes especiales o jubilaciones de privilegios. Estas se han caracterizados y se caracterizan por incluir cláusulas de acceso o cobro más benigna y más beneficiosas para el jubilado comparado con el régimen general. Hoy la Anses plantea la necesidad de derogar los regímenes especiales para hacer sustentable el sistema. Sin lugar a duda, el sistema previsional necesita una reforma total y esa reforma debe ser consensuada con todos los sectores.

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