Su sesión ha expirado

Iniciar sesión
10°
27 de Julio,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

Micrositio de la AFIP para el cambio de dólares

Sabado, 30 de junio de 2012 22:14
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

La AFIP lanzó un micrositio para orientar a quienes quieren comprar dólares. Sin embargo, la autorización previa deberá realizarse mediante la página web, con una herramienta que ya fue modificada varias veces a lo largo del mes, sin demasiadas aclaraciones sobre cómo realizar el trámite. El micrositio explica las opciones que puede elegir quien quiere adquirir dólares para atesoramiento. Es por ello que el fisco nacional habilitó, suplementariamente, el micrositio que concentra toda la información sobre la autorización de compra de moneda extranjera.

El procedimiento

Cabe recordar que el procedimiento había sido establecido por una resolución a fin de octubre, pero a mediados de mayo, sin ninguna norma que lo avalara, la AFIP empezó a denegar casi todos los pedidos. Luego en la web se incluyó una opción para que pudieran comprar dólares quienes viajan al exterior y, posteriormente, se incluyó un casillero con “otros destinos”. Sin embargo, la persona que quería llenar esta última opción no sabía bien qué debía poner. Ahora el organismo tributario difunde el nuevo micrositio donde se establecen los conceptos de compra de divisas para atesoramiento. Se incluyen inversiones directas, de portafolio u otras, tanto de personas físicas como jurídicas en el exterior. Se permite solicitar la compra de dólares para la tenencia de billetes extranjeros en el país, para comprar cheques de viajero o realizar donaciones. En el sector inmobiliario solo se ofrece la opción de inversiones en propiedades fuera del país. Se eliminaron las alternativas para la compra de vehículos o maquinarias. En todos estos casos el interesado tiene que ingresar la solicitud en la web, con clave fiscal. La operación aparecerá como “pendiente” hasta que el fisco analice la situación económica e impositiva. Luego se podrá consultar por la misma vía si la transacción fue autorizada. En ningún momento la AFIP se fija plazos para responder. Por otra parte, el organismo aclara que hay otros conceptos que deben ser “consultados directamente en la entidad financiera, casa o agencia de cambio”, aunque no ofrece más precisiones.

x

x

 

Temas de la nota

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD