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Oficializaron la excepción del pago de ganancias sobre el aguinaldo de diciembre

Jueves, 15 de noviembre de 2012 10:16

El Gobierno nacional oficializó hoy la excepción del pago del impuesto a las Ganancias, en forma extraordinaria y por única vez, del medio aguinaldo que se cobrará el mes próximo.
La decisión fue anunciada ayer por la presidenta Cristina Kirchner y formalizada hoy a través de la publicación de un decreto en el Boletín Oficial.
"Increméntase, respecto de las rentas mencionadas en los incisos a), b) y c) del artículo 79 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997, y sus modificaciones, la deducción especial establecida en el inciso c) del artículo 23 de dicha ley, hasta un monto equivalente al importe neto de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario", según el decreto. Para obtener ese importe neto "se deberán detraer del importe bruto de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario los montos de aportes correspondientes al Sistema Integrado Previsional Argentino -o, en su caso, los que correspondan a cajas Provinciales, Municipales u otras—, al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, al Régimen Nacional de Obras Sociales y a cuotas sindicales ordinarias", puntualizó el texto oficial.
Y aclaró que el beneficio "tendrá efectos exclusivamente para la segunda cuota del sueldo anual devengado en 2012 y para los sujetos cuya mayor remuneración bruta mensual devengada de julio a diciembre de 2012 no supere la suma de 25 mil pesos". El costo fiscal de esta decisión será de 2162 millones de pesos.
El decreto lleva la firma de la Presidenta, del jefe de Gabinete Juan Manuel Abal Medina y del ministro de Economía Hernán Lorenzino.
 

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El Gobierno nacional oficializó hoy la excepción del pago del impuesto a las Ganancias, en forma extraordinaria y por única vez, del medio aguinaldo que se cobrará el mes próximo.
La decisión fue anunciada ayer por la presidenta Cristina Kirchner y formalizada hoy a través de la publicación de un decreto en el Boletín Oficial.
"Increméntase, respecto de las rentas mencionadas en los incisos a), b) y c) del artículo 79 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997, y sus modificaciones, la deducción especial establecida en el inciso c) del artículo 23 de dicha ley, hasta un monto equivalente al importe neto de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario", según el decreto. Para obtener ese importe neto "se deberán detraer del importe bruto de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario los montos de aportes correspondientes al Sistema Integrado Previsional Argentino -o, en su caso, los que correspondan a cajas Provinciales, Municipales u otras—, al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, al Régimen Nacional de Obras Sociales y a cuotas sindicales ordinarias", puntualizó el texto oficial.
Y aclaró que el beneficio "tendrá efectos exclusivamente para la segunda cuota del sueldo anual devengado en 2012 y para los sujetos cuya mayor remuneración bruta mensual devengada de julio a diciembre de 2012 no supere la suma de 25 mil pesos". El costo fiscal de esta decisión será de 2162 millones de pesos.
El decreto lleva la firma de la Presidenta, del jefe de Gabinete Juan Manuel Abal Medina y del ministro de Economía Hernán Lorenzino.
 

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