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Muerte digna: una decisión de todos los días en los hospitales de Salta

Lunes, 02 de diciembre de 2013 01:20

En los hospitales de Salta, la decisión de los pacientes que quieren tener una muerte digna es algo cotidiano. Enfermos que sufren cáncer, patologías infecciosas y otros males terminales recurren a este derecho y ponen punto final a un tratamiento, muchas veces doloroso e invasivo, que solo alarga la agonía.

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En los hospitales de Salta, la decisión de los pacientes que quieren tener una muerte digna es algo cotidiano. Enfermos que sufren cáncer, patologías infecciosas y otros males terminales recurren a este derecho y ponen punto final a un tratamiento, muchas veces doloroso e invasivo, que solo alarga la agonía.

En mayo del año pasado, el Congreso de la Nación aprobó la ley 26.742. La nueva legislación permite a los pacientes interrumpir la asistencia profesional cuando se encuentran en una situación irreversible. La norma no permite, sin embargo, la eutanasia, que es provocar el deceso por medio de algún procedimiento.

En el Hospital San Bernardo, uno de los últimos casos en que se planteó la negativa a una intervención médica fue el de una joven de 20 años de una comunidad aborigen de Tartagal que había tenido un aborto.

La paciente llegó con una infección que ponía en riesgo su vida y los profesionales debían amputarle una pierna para frenarla, pero no lo aceptaba ella ni su padres. La joven falleció porque el cuadro ya era muy grave cuando la trasladaron a la Capital.

En la provincia, hubo 9 muertes cada mil habitantes a causa de tumores en 2011. La tasa de mortalidad por infecciones, en tanto, fue de 5 por mil. En algunos casos, estas enfermedades pueden demandar una asistencia prolongada que no garantiza resultados.

En el Hospital San Bernardo, los médicos explicaron que se respeta la decisión de los pacientes sobre los tratamientos cuando están en condiciones de expresar su voluntad. Si están inconscientes, es la familia la que debe elegir.

Preferir el hogar

“Atendimos a una mujer con cáncer de pulmón que ya sabía que su estado era terminal y pidió que no la internaran. Entonces, estuvo en su casa contenida con su familia y murió a los cuatro meses. Se la asistió con oxígeno en los últimos días”, relató Freddy Moscoso, responsable del servicio de cuidados paliativos de la institución.

En otro caso reciente, un hombre con un cáncer de piel prefirió no someterse a una intervención quirúrgica. Los médicos aclararon que la decisión de cortar una terapia se puede revertir. La ley de muerte digna contempla esta posibilidad.

Moscoso remarcó que la información es clave para que los pacientes tomen una determinación. “Si la comunicación es clara, todos tienen derecho a resolver no hacer quimioterapia, no ser conectados a un respirador o que no los reanimen si llegan a una determinada situación. Para eso se explica detalladamente cuáles son las posibilidades”, dijo Moscoso.

“Lo importante es no encarnizarse cuando no hay chances de recuperación. Eso es prolongar una agonía sin necesidad. En la decisión sobre las prácticas médicas juegan cuestiones religiosas, culturales y sociales”, dijo una profesional de la terapia intensiva.

Con diálogo

La médica Marta Catania, del Hospital del Milagro, remarcó que el derecho a interrumpir la asistencia puede permitirse cuando no hay ninguna acción curativa posible. “Uno plantea las perspectivas al paciente o a la familia y se van tomando determinaciones acordes. Ya no son tan frecuentes los tratamientos desmesurados”, señaló.

Cuando se pide suspender la intervención de los profesionales, dos familiares o testigos deben firmar un documento en el que expresen esta decisión para respetar el marco legal.

“Cuando no se puede llegar a una instancia de diálogo con el paciente o sus familiares es más complicado. Esto lleva un tiempo, no es automático”, indicó Catania.

Casos frecuentes
en El Milagro

“La toma de decisión es de todos los días”, coincidieron los médicos del Comité de Bioética del Hospital del Milagro. Allí, los pacientes que más optan por cortar el tratamiento son los que tienen infecciones crónicas, VIH (Virus de la Inmunodeficiencia Humana) o problemas asociados a la adicción, como deterioros agudos por sobredosis, según la médica Julia Gil Deza. El neurólogo Ignacio Casali Rey agregó al cáncer y a la tuberculosis como patologías que derivan en pedidos de muerte digna.

Los profesionales remarcaron que no es lo mismo no seguir un tratamiento que la eutanasia. “Hay una diferencia muy clara, la intencionalidad”, acentuó Gil Deza. “La ley no permite administrar alguna sustancia que provoque un paro cardiorespiratorio. Ahora, con la suspensión de un respirador yo no estoy buscando específicamente que una persona se muera, sino no utilizar un medio que está manteniendo artificialmente una vida”, señaló.

Objetan algunos puntos de la
ley de derechos del paciente

El sacerdote católico de la capilla del Hospital del Milagro y miembro del comité de bioética de esa institución, Pedro Villacorta, objetó que la ley 26.742 establezca “rechazar procedimientos de hidratación o alimentación cuando los mismos produzcan como único efecto la prolongación en el tiempo de ese estadio terminal irreversible o incurable”.

“Comparó a esta acción con un “suicido”, apuntó.

Villacorta dijo que hay una contradicción con el Código Penal Argentino. Aunque ese instrumento legal sanciona a aquellos que instiguen al suicidio, pero no a las personas que intentan quitarse la vida.
“Hay algunos elementos que quedan en un cono de sombras, los legisladores lo tienen que revisar. El médico, antes que nada, tiene que proveer la salud al paciente. Si tomamos el juramento hipocrático, está el principio de beneficencia”, sostuvo el religioso a este medio.

“Si no le paso comida ni bebidas al paciente, hay que ver cuál es la forma menos inocua. La ley no es clara”, agregó. También sostuvo que la nueva legislación no es de muerte digna, sino de derechos del paciente.
Villacorta admitió que hay situaciones que no van a tener otra resolución que la muerte.
“Allí habrá que aportarle todos los sustentos necesarios a la vida, pero sin llegar a ser agresivos o violentos con el paciente. Hay distintos tipos de tratamientos que, por su forma misma, resultan dolorosos o extraordinarios para un caso que ya cumplió un limite natural y que tendrá el desenlace de la muerte inminente”, manifestó el sacerdote.

El apoyo de un comité
de bioética

El neurólogo del Hospital del Milagro, Ignacio Casali Rey, instó a las instituciones de salud públicas y privadas a conformar comités de bioética, ya que el avance de la medicina necesitará de esta organización para la toma de decisiones y el acompañamiento a los pacientes y su entorno.

Casali Rey explicó que, en el Hospital del Milagro, el comité intenta colaborar con los médicos que abordan las situaciones puntuales de cada enfermo y que, incluso, van más allá de lo estrictamente médico. “La bioética apunta a tener en cuenta los valores de un enfermo como persona”, sostuvo.

Conciliar

“Puede haber un paciente que no quiera más el tratamiento. Sin embargo, yo como médico veo que puede haber alguna posibilidad, aunque eso implique un procedimiento cruento o una nueva cirugía. Este es uno de los puntos de estudio de la bioética. Se intenta conciliar estas dos realidades, teniendo en cuenta la postura de autonomía del enfermo, que tiene derecho a dar una opinión sobre su salud, y la del médico, quien procura el bien del paciente”, explicó Casali Rey.

El profesional también hizo hincapié en que los comités deben ser integrados por personas de diferentes áreas. “Nosotros tenemos la suerte de incluir un psicólogo, un abogado y un sacerdote católico. Y se está pensando en invitar a personas de otros credos”, agregó.

Entre los calmantes y
el acompañamiento

Que se suspendan los tratamientos médicos ante un caso terminal, no implica abandonar calmantes, sesiones de fisioterapia y otras acciones para morigerar el padecimiento. Marta Catania, médica del Hospital del Milagro, señaló que se aplican cuidados paliativos para los enfermos que ya no tienen recuperación.
“Sabemos que no se va a curar, pero si tiene alguna enfermedad que le provoca dolor, recurrimos al uso de analgésicos, calmantes u otros fármacos para que no sufra tanto o para frenar los vómitos, por ejemplo”, indicó la profesional.

En diálogo con El Tribuno, afirmó que no solo se utilizan medicamentos, sino también terapias, atención psicológica, además de ofrecer acompañamiento al paciente y a su entorno familiar.
“Son todas medidas que lo ayudarán a estar mejor en ese último tiempo de vida. Una fisioterapia lo descontracturará o lo ayudará a sentarse, de acuerdo al caso”, comentó.

Por otra parte, el hospital San Bernardo abrió un servicio de cuidados paliativos este año para aliviar el sufrimiento de los que ya no pueden recuperarse.

Derechos del paciente

Según la ley nacional 26.742, los argentinos mayores de edad pueden rechazar anticipadamente
tratamientos médicos, preventivos o paliativos y decisiones relativas a su salud.

Las directivas deberán ser aceptadas por el médico. La declaración anticipada de voluntad deberá
formalizarse por escrito ante escribano o juzgados.

En todos los casos la negativa o el rechazo de los procedimientos, no significa la interrupción de aquellas
terapias para el adecuado control y alivio del sufrimiento de los pacientes. 

Ningún profesional interviniente que haya obrado de acuerdo con las disposiciones de la ley está sujeto a
responsabilidad civil, penal, ni administrativa.

Para aceptar el corte de tratamientos, se debe contar con la presencia de dos testigos. La ley fija que esa declaración podrá ser revocada en todo momento por quien la manifestó.

Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a intervenir a los fines de la toma de decisión sobre terapias o procedimientos médicos o biológicos que involucren su vida o salud.

Teodora Zamudio. Especialista en bioética

“La tecnología permite sostener
una existencia que ya no es vida ”

¿Qué opinión tiene de la ley 26.742, que el año pasado estableció la posibilidad de que los enfermos terminales rechacen tratamientos médicos?

Entiendo que cada persona puede tomar una decisión sobre cómo vivir su vida. La muerte es parte de la vida. Esa decisión es una decisión de vida.
La ley 26.742 dice que las personas capaces y mayores de edad pueden tomar la decisión sobre su salud siempre con un consentimiento informado previo. Eso significa que están asesoradas por un médico y están conscientes de lo que están decidiendo sobre su vida. No están decidiendo sobre su muerte. Están eligiendo cómo quieren vivir sus últimos momentos y, de acuerdo a eso, aceptan o rechazan los tratamientos.
Las terapias médicas muchas veces son de encarnizamiento y hacen sufrir al paciente más allá de cualquier cosa imaginable. Hoy la tecnología permite sostener una existencia que ya no es vida.
Si le damos verdadera profundidad a estas palabras, veremos que existir no es vivir. Hay cuidados paliativos que me pueden acompañar en los últimos momentos. Pero en ningún momento se puede acortar la vida. La ley lo deja claro.
Por eso digo que esto es cómo quiero vivir mis últimos momentos. No cómo quiero morir. Esta ley no es sobre cómo morir. Eso aún está en manos de Dios, del universo, de la naturaleza o en quien se quiera creer.

¿Le parece que Argentina puede avanzar hacia en un debate sobre la eutanasia?

En cualquier momento podemos avanzar hacia cualquier tipo de debate. Creo que esto es algo que debería en algún tiempo estar en el convencimiento más íntimo de la persona dando pie a que prevalezcan su creencias. Hay que dejarlo en manos de la familia y del individuo para que lo decida de acuerdo a sus propios valores.
Muchas veces hay grupos dominantes que, con el poder de decisión legislativo o judicial, le imponen a todos una regla de conducta que no es la que todos quieren adoptar.
Ciertas cuestiones que son ajenas a la sociedad deberían quedar en el fuero íntimo y la ley debería proteger esas decisiones íntimas. Entonces, podríamos abrir el debate. Pero hoy por hoy la ley dice que tengo el poder de decidir cómo quiero vivir hasta el último momento. No habla de muerte digna sino de vida digna.

¿Cuándo se determina legalmente la muerte en el país?

Para eso tenemos que ir al artículo 23 de la ley de trasplante. Esto es un poco problemático. En la ley se fijan parámetros científicos para establecer cuándo una persona está muerta solo a los efectos del trasplante, y lo dice claramente. No parecería un criterio de muerte que se pueda universalizar.
Pero normalmente podríamos decir que hemos adoptado un criterio de muerte neurológica. Esto es, cuando ha cesado durante seis horas toda respuesta neurológica voluntaria, sumado a otros signos vitales.
A partir de ahí, los médicos pueden firmar el acta de defunción retroactivamente al primer momento en el que se registró esa falta de signos y, ya considerándolo cadáver, pueden extraerse los órganos para ser trasplantado.

¿Le parece que los médicos están capacitados para que se aplique la ley que permite rechazar los tratamientos?

Sí. Creo que hace mucho tiempo que vienen muy cerca de esto. Lo que pasa es que necesitan un apoyo legal fuerte porque se ha dado en las últimas décadas una judicialización de la medicina y un gran miedo por parte de los médicos de ser demandados. Pero saben perfectamente acompañar al paciente. De todas maneras necesitaban, ser apoyados a través de una ley.

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