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Limitan el carnet a choferes de transporte según antecedentes

Domingo, 14 de abril de 2013 19:39

Por primera vez, los choferes de taxis, remises y ómnibus deben presentar sus antecedentes penales y deben estar libres de culpa y cargo para obtener la licencia profesional nacional. Esto generó que la solicitud de la primera licencia de la categoría D, o su renovación, se retrasara por la necesidad de entrecruzar la información entre los organismos.

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Por primera vez, los choferes de taxis, remises y ómnibus deben presentar sus antecedentes penales y deben estar libres de culpa y cargo para obtener la licencia profesional nacional. Esto generó que la solicitud de la primera licencia de la categoría D, o su renovación, se retrasara por la necesidad de entrecruzar la información entre los organismos.

Quejas de los choferes por esa demora y hasta un reclamo del gremio que los nuclea, la UTA, fue la contracara de los cientos de expedientes que cada semana analizan los abogados de la Secretaría de Tránsito municipal, y que muchas veces solo salen después de que el juez que interviene en cada causa informa si el postulante a la licencia está en condiciones de ponerse al frente de un taxi, un remis o un colectivo que llevará a niños, adolescentes, mujeres, abuelos y adultos.

El cúmulo de pedidos de licencia es alto: en tres días de la semana pasada, eran más de 40 las solicitudes que esperaban una definición.

Lo que dice la ley

La tensión, explicó la subsecretaria de Tránsito, Gisela Centeno, se genera por la contraposición de dos derechos: a la seguridad e integridad de los pasajeros, y a trabajar (y reinsertarse socialmente) de quienes alguna vez hayan tenido algún conflicto con la ley. La Ley Nacional de Tránsito fija una parte de las reglas, el resto las deja para que la Secretaría municipal las complete y las aplique.

La mayor restricción de la ley nacional es para quienes aspiran a una licencia para conducir un transporte escolar o de niños.

El artículo 20 del decreto 779 (reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito 24.449) indica que debe denegarse la habilitación en transporte de escolares y niños cuando “el solicitante tenga antecedentes penales relacionados con delitos con automotores, en circulación, contra la honestidad, la libertad o integridad de las personas, o que a criterio de la autoridad concedente pudiera resultar peligroso para la integridad física y moral de los menores”.

Para el resto de las modalidades del transporte impropio (taxis y remises) es la autoridad regional (en este caso Tránsito municipal) la que establece los antecedentes que imposibilitarán el otorgamiento del carnet de conducir, excepto cuando el servicio de rehabilitación garantice la recuperación o readaptación del solicitante.

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