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Los subsidios al transporte

Miércoles, 18 de marzo de 2015 00:30

Los subsidios al transporte

Para poder entender los exigentes alcances de la resolución de Secretaría de Transporte de la Nación que establece la obligatoriedad de la rendición de cuentas de los beneficios por compensaciones tarifarias y el del gasoil a precio diferenciado a partir de enero de 2010, es necesario conocer las conclusiones de la actuación de la Auditoria General de la Nación, con relación a un control de los subsidios.
Algunas de sus conclusiones se resumen en los considerandos de la resolución 939/14: "No existe un procedimiento de rendición de cuentas"; "Los procedimientos utilizados para la liquidación y control del subsidio al gasoil permite que haya beneficiarios que se le calcule un subsidio mayor al que le corresponde"; "Existen empresas que prestan un volumen de servicio menor, o de empresas que ya no prestan servicios"; "El mecanismo de distribución del Sistema Integrado de Transporte Automotor (Sistau) no contempla el uso de las estructuras de costos de las empresas". Cabe aclarar que el informe mencionado de la AGN comprende el período enero de 2010 a diciembre de 2011. Algunos de los exhorbitantes montos son: subsidios del Sistau; 19.327.401.511,94 gasoil a precio subsidiado 2.747.263.559 litros de combustibles, de los cuales la Secretaría de Transporte otorgó la cantidad de 1.869.804.500 litros y transferencias de dinero del Sistau por el equivalente de 877.4569.059 litros de combustibles. Es indudable que la Secretaría de Transporte, después de las recomendaciones de la AGN , procedió a implementar los rigurosos procedimientos para las rendiciones de cuentas de los Subsidios señalados. Para ello dictó la resolución 939/14, que establece procedimientos, alcances, plazos y sanciones que apuntan, en mi opinión, a reducir las asignaciones de subsidios al sistema de transporte. Algunas de sus disposiciones establecen que: se debe proceder a la rendición de los fondos recibidos; se incorpora la rendición del volumen del gasoil adquirido a precio diferencial.
La resolución establece en su artículo 6§ que es obligación rendir cuentas en forma mensual a los períodos que se devenguen a partir del mes siguiente de la publicación de esa resolución, es decir desde octubre de 2014 los fondos percibidos y asignación de cupo de gasoil a precio diferencial. El plazo para la rendición mensual se estableció hasta el 20 de cada mes subsiguiente al que corresponden los fondos rendidos.
Todo esto tiende, en mi opinión, a la reducción de los subsidios a partir de abril próximo, si es que las empresas beneficiarias no cumplen con las exigencias. El volumen de la información requerida debería preocupar a los empresarios.
Su incumplimiento puede provocar la caída del sistema de transporte.
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Los subsidios al transporte

Para poder entender los exigentes alcances de la resolución de Secretaría de Transporte de la Nación que establece la obligatoriedad de la rendición de cuentas de los beneficios por compensaciones tarifarias y el del gasoil a precio diferenciado a partir de enero de 2010, es necesario conocer las conclusiones de la actuación de la Auditoria General de la Nación, con relación a un control de los subsidios.
Algunas de sus conclusiones se resumen en los considerandos de la resolución 939/14: "No existe un procedimiento de rendición de cuentas"; "Los procedimientos utilizados para la liquidación y control del subsidio al gasoil permite que haya beneficiarios que se le calcule un subsidio mayor al que le corresponde"; "Existen empresas que prestan un volumen de servicio menor, o de empresas que ya no prestan servicios"; "El mecanismo de distribución del Sistema Integrado de Transporte Automotor (Sistau) no contempla el uso de las estructuras de costos de las empresas". Cabe aclarar que el informe mencionado de la AGN comprende el período enero de 2010 a diciembre de 2011. Algunos de los exhorbitantes montos son: subsidios del Sistau; 19.327.401.511,94 gasoil a precio subsidiado 2.747.263.559 litros de combustibles, de los cuales la Secretaría de Transporte otorgó la cantidad de 1.869.804.500 litros y transferencias de dinero del Sistau por el equivalente de 877.4569.059 litros de combustibles. Es indudable que la Secretaría de Transporte, después de las recomendaciones de la AGN , procedió a implementar los rigurosos procedimientos para las rendiciones de cuentas de los Subsidios señalados. Para ello dictó la resolución 939/14, que establece procedimientos, alcances, plazos y sanciones que apuntan, en mi opinión, a reducir las asignaciones de subsidios al sistema de transporte. Algunas de sus disposiciones establecen que: se debe proceder a la rendición de los fondos recibidos; se incorpora la rendición del volumen del gasoil adquirido a precio diferencial.
La resolución establece en su artículo 6§ que es obligación rendir cuentas en forma mensual a los períodos que se devenguen a partir del mes siguiente de la publicación de esa resolución, es decir desde octubre de 2014 los fondos percibidos y asignación de cupo de gasoil a precio diferencial. El plazo para la rendición mensual se estableció hasta el 20 de cada mes subsiguiente al que corresponden los fondos rendidos.
Todo esto tiende, en mi opinión, a la reducción de los subsidios a partir de abril próximo, si es que las empresas beneficiarias no cumplen con las exigencias. El volumen de la información requerida debería preocupar a los empresarios.
Su incumplimiento puede provocar la caída del sistema de transporte.
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