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La feminización de la pobreza se refleja en la población del penal

Según el Observatorio, algunas mujeres nunca reciben visitas de sus defensores.
Martes, 31 de diciembre de 2019 01:44
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“En relación a los delitos por los que fueron condenadas podemos dividirlo en tres grandes categorías que se distribuyen de manera homogénea: infracción de la Ley 23.737, de Estupefacientes (10), delitos contra las personas (9) y delitos contra la propiedad (7). Si ampliamos la categorización tanto los delitos por infracción a la Ley 23.737 como los delitos contra la propiedad, podemos asociarlo al fenómeno denominado feminización de la pobreza”, indica el informe del Observatorio de Violencia contra las Mujeres.
Agrega que los delitos contra las personas que se imputan a las detenidas pueden analizarse dentro de un contexto de violencia de género.

Acceso a la defensa

De las 39 mujeres entrevistadas por el Observatorio, 32 eran representadas por la defensa pública y 7 por defensa privada.
Consultadas sobre el contacto con sus defensores, de las 39 entrevistadas, 25 dijeron que las visitan los letrados en la Unidad Penal. Otras 14 nunca fueron visitadas, “siendo estas todas representadas por la defensa pública”, dice el relevamiento.
La falta de visitas de los defensores evidencia el desconocimiento de las condiciones materiales de detención por parte de quienes deben canalizar las demandas de las detenidas según destacaron las abogadas.
De las 39 entrevistadas, 21 pueden comunicarse telefónicamente con sus defensores siempre, 10 a veces y 6 nunca. Otras dos dijeron que eran sus familiares los que se comunicaban.

 Jueces desconocidos

Más de la mitad de las detenidas entrevistadas desconocen quién es el magistrado que debe garantizar sus derechos. La Ley Nº 24.660 establece: “El juez de ejecución o juez competente garantizará el cumplimiento de las normas constitucionales, los tratados internacionales ratificados por la República Argentina y los derechos de los condenados no afectados por la condena o por la ley”. 
“Ello nos permite concluir que los magistrados que tienen a disposición a las detenidas desconocen las condiciones particulares de detención en tanto no mantienen un contacto directo con ellas, sus voces no son escuchadas, por lo que sus derechos son vulnerados”, destacó el Observatorio.

Sueldos de vergüenza

El salario percibido por las tareas que realizan es paupérrimo. Son 16 las mujeres que cobran menos de $300 mensuales, 3 de ellas cobran entre $300 y $500, 4 no cobran salario y 1 de ellas no respondió. 
“Esto viola lo establecido en la Ley Nº 24.660 que establece los parámetros en torno a cuánto debe ser el salario de una persona privada de la libertad y siempre desde la definición que el acceso al trabajo constituye un derecho. La mayoría de las tareas que realizan son de limpieza y cocina, reproduciendo las lógicas patriarcales de asignación de roles y tareas hacia las mujeres”, indica el documento que redactó el Observatorio.
Aseguran también que el Servicio Penitenciario de Salta no provee a las mujeres ningún elemento de limpieza higiene, tampoco elementos de higiene personal ni de gestión menstrual, por lo que si no cuentan con familiares que puedan visitarlas y llevárselos “se encuentran en situación de absoluto abandono”. Por eso es que muchas de ellas destinan el “salario” para comprar los elementos dentro de la Unidad Penitenciaria a precios elevados.
 

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