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La Corte, ante la grieta

Miércoles, 05 de junio de 2019 00:00

La reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de requerir una serie de expedientes, para analizar con detenimiento la investigación vinculada a la denominada causa "Vialidad" (la causa en que se investiga la probable conformación de una asociación ilícita destinada a cometer delitos contra la administración pública) ha despertado un interés inusitado respecto de las razones y el alcance de lo que la Corte ha hecho y todavía puede hacer. Fuertes presiones políticas, manifestaciones en la calle, tapas de los diarios, especulaciones en los medios de difusión, han generado la necesidad de reflexionar sobre el asunto, desde la perspectiva del rol y funcionamiento del Tribunal de Garantías Constitucionales en una Democracia como la nuestra, en asuntos que generan, indudablemente, tanta división en la sociedad.

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La reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de requerir una serie de expedientes, para analizar con detenimiento la investigación vinculada a la denominada causa "Vialidad" (la causa en que se investiga la probable conformación de una asociación ilícita destinada a cometer delitos contra la administración pública) ha despertado un interés inusitado respecto de las razones y el alcance de lo que la Corte ha hecho y todavía puede hacer. Fuertes presiones políticas, manifestaciones en la calle, tapas de los diarios, especulaciones en los medios de difusión, han generado la necesidad de reflexionar sobre el asunto, desde la perspectiva del rol y funcionamiento del Tribunal de Garantías Constitucionales en una Democracia como la nuestra, en asuntos que generan, indudablemente, tanta división en la sociedad.

Interpretaciones inconciliables

Resulta sorprendente, en primer lugar, cómo una simple oración (una simple orden de no más de dos renglones, que mandó a pedir la causa, pero sin suspenderla) en un momento tan álgido de la realidad política del país, ha merecido de un lado y del otro del espectro político y social, un sinfín de interpretaciones y especulaciones acerca de lo que la Corte hizo, no hizo, o lo que puede hacer, en el futuro próximo. Se habló de "Pacto de Impunidad", "movida innecesaria", "operación política", "acto de justicia", "práctica común de una atribución de estilo en el Tribunal", etc. Todo en el contexto de un asunto, que como decimos los abogados, es de una "gravedad" institucional singular, pues el caso sometido hoy a juzgamiento, en juicio oral y público, excede claramente el interés de los enjuiciados (entre ellos una ex presidenta constitucional por dos mandatos consecutivos y actual candidata a la Vicepresidencia de la Nación), generando un evidente interés público y también el de parcializados y politizados sectores de la ciudadanía, en un año en que las decisiones que se tomen en esa causa, impactará indudablemente en el agravamiento o no de lo que se ha dado en llamar, la "grieta", división indeseada, política y social, de la comunidad.

Me limitaré a analizar la importancia del rol que tiene la Corte en la toma de decisiones finales y conclusivas en asuntos de alto voltaje político como el precedente (de evidente, tanta división), tratando de hacer hincapié en que lo que se diga sobre el asunto jurídico o el derecho de los actores (el debido proceso y la defensa en juicio de quienes a ella recurrieron, y si se afectó o no), en realidad se estará diciendo sobre la Constitución, y las reglas fundamentales del juego civilizatorio que impone, del que la Corte es garante y custodio, cualquiera sea la persona que reclame su auxilio, sin importar el credo político ni la lectura que se haga, desde el lado de la grieta o no-grieta, en el que uno se pare.

Precomprensión más que importante advertir, pues, en el contexto actual, en el que el propio Presidente de la Corte Dr. Carlos Rosenkrantz, ha reconocido una crisis sin precedentes sobre la confianza y legitimidad del Poder Judicial de la Nación, cualquiera que fuere la decisión que se tome, incidirá fuertemente en esa crisis de descreimiento y legitimidad.

Casos decisivos

A lo largo de su historia la Corte no ha permanecido ajena a la importancia de su rol frente a temas que dividieron profundamente a la sociedad. Ha tomado decisiones "populares" o "impopulares" -dependiendo el cristal con que se mire-, en infinidad de asuntos, poniendo fin a cierta polémica social en multiplicidad de asuntos, cumpliendo el rol que en estos temas la Democracia constitucional le asigna. Me vienen a la memoria distintos asuntos de fuerte repercusión y división social en los que la Corte abrió su jurisdicción (se animó a fijar lo que a su entender la Constitución establece sobre el punto) y finiquitó la controversia: por ejemplo, respecto de la constitucionalidad de la ley de Matrimonio Civil que, al impedir a las personas divorciadas volver a casarse, limitaba la autonomía individual, terminando con un tema de grave división religiosa y civil en la sociedad. O la inconstitucionalidad de leyes de Obediencia Debida y de Punto Final que impedían juzgar las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante la última dictadura militar - por ejemplo-, decidiendo que ellas no podrían configurar un obstáculo para la búsqueda de Justicia.

Incluso, asuntos que, con idas y vueltas, aún hoy mantienen esa división tan tajante respecto de lo que piensa una y otra parte de la sociedad, como por ejemplo la inconstitucionalidad de la ley penal que, al castigar la tenencia de estupefacientes para consumo personal (el caso típico es la tenencia de marihuana), no respetaba la autonomía personal.

La característica de todos estos casos es que fue necesaria la intervención del Tribunal no sólo para dirimir la controversia jurídica concreta sino además para terminar de algún modo, con la división inconciliable entre quienes piensan una cosa y otros respecto de una cuestión determinada, decidiendo la Corte de manera definitiva y final qué es lo que corresponde hacer en esos temas, qué es lo que la Constitución "quiere" al respecto.

Lo que la Corte probablemente decida

Recuerdo que la Corte, en el expediente concreto "Vialidad" tiene ante sí, por ahora, un caso en el que se discute si se ha respetado o no el debido proceso y el derecho de defensa en juicio, de personas acusadas de haber cometido los graves delitos de corrupción que dicen se cometieron, siendo estas, en su momento, las más altas autoridades de la Nación.

Me arriesgo a pronosticar que la Corte, luego de haber demostrado interés en la gran cantidad de quejas que han hecho llegar los involucrados, y haber mandado a fotocopiar el expediente, va a abrir formalmente el recurso extraordinario (conceder la queja) y tomar una decisión de fondo, que va a afectar necesariamente el curso del proceso iniciado, el juicio oral y público en donde se juzga a la expresidenta. En qué sentido lo va a hacer o cuál va a ser la orden en concreto que emita, en grado probabilístico, no es algo que uno pueda pronosticar sin conocer a fondo el expediente, con riesgo inclusive de que aun conociéndolo a pie juntillas, uno pueda errar en el pronóstico. La elucubración procesal sobre el asunto llega simplemente a advertir que lo que decida, no debería llevar a que se tenga más que un disenso crítico o un acuerdo democrático sobre lo decidido, pero respetando de un modo civilizado y republicano lo que en definitiva el Tribunal decida. En eso consiste el respetar las instituciones, el tan remanido asunto de respetar el Estado de Derecho.
En una entrevista reciente, el actual presidente de la Corte sostuvo que la Argentina es un país muy conflictivo, muy divisivo, en el que las grietas son muy importantes: “Es muy importante creer y actuar sobre la base de la convicción de que el derecho es un dominio autónomo de todo lo demás y en especial de la política. Uno de los grandes problemas argentinos ha sido la judicialización de la política y la politización de la justicia. Hay que terminar con eso. El derecho puede ser usado como un arma de choque al servicio de intereses sectoriales o partidarios. Para impedirlo estamos los jueces”. (https://www.perfil.com /noticias/politica/la-argentina-no-tiene-futuro-si-no-es-capaz-de-vivir-con-las-reglas-que-se-da-a-si-misma).
Esto es así. Los desacuerdos colectivos son esenciales al sistema democrático; las denuncias y el Derecho en toda sociedad, son utilizadas como arma de acción política, lo que es absolutamente disfuncional al buen funcionamiento de una Democracia; en los procesos, finalmente, se dirime verdad y corrección, pero creo que en algún punto, es preciso que alguien tenga que dirimir con autoridad convencional y definitiva una controversia jurídica las Constituciones acuerdan precisamente ese poder a los Altos Tribunales de Justicia-, especificando cual es la mirada que cabe tener (desandando los hechos del caso y la controversia jurídica), de la Constitución, sobre el punto. Máxime en casos que se avizoran como de alto impacto político y social y que despiertan tantas pasiones como en Argentina, tan proclive de querer resolver en Tribunales diferencias que no son del dominio del Derecho, debiendo ponerse un orden y un impedimento. Que así sea y cualquiera que fuere la decisión que tome la Corte, es deseable que impulse a achicar la grieta, o cercar los extremos, para quienes aún con crítica, republicanamente lo acepten, pese al disgusto o disconformidad que pueda generarles. 
 

 

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