¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

16°
28 de Marzo,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

Colectivos de gran porte fuera del centro

El Concejo Deliberante aprobó la ordenanza que prohíbe la circulación y el estacionamiento las 24 horas del día.
Jueves, 05 de septiembre de 2019 03:04

El Concejo Deliberante aprobó ayer la ordenanza que establece la prohibición de la circulación y el estacionamiento de unidades de semipiso, doble piso o articuladas, del servicio de transporte de pasajeros, públicos o privados, sean de jurisdicción nacional, provincial, regional y municipal, en el microcentro de la ciudad, durante las 24 horas.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

El Concejo Deliberante aprobó ayer la ordenanza que establece la prohibición de la circulación y el estacionamiento de unidades de semipiso, doble piso o articuladas, del servicio de transporte de pasajeros, públicos o privados, sean de jurisdicción nacional, provincial, regional y municipal, en el microcentro de la ciudad, durante las 24 horas.

La norma, producto de la unificación de las propuestas presentadas por los ediles Ernesto Alvarado (PJ) y Alberto Castillo (O2019), propone establecer la restricción en un sector bien definido.

Comprenderá el área delimitada por las avenidas Belgrano, Paseo Gemes, avenida Sarmiento-Jujuy, San Martín y Bicentenario de la Batalla de Salta; Paseo Balcarce y calles de convivencia.

Un segundo artículo establece autorización de circulación y estacionamiento para ascenso y descenso de pasajeros de estos vehículos, exclusivamente en el radio comprendido entre el límite del área ya establecida y las arterias: Benito Graña, La Rioja; avenida Hipólito Yrigoyen- calles Victorino de la Plaza-Dionisio Puch-Ernesto Saravia-

Mariano Boedo-José Tobías, Francisco de Gurruchaga- Uruguay; avenida Entre Ríos y calles Ibazeta-Laprida, únicamente en días y horarios que determine la autoridad de aplicación.

Agrega que queda exceptuado el ingreso a la terminal de ómnibus.

La ordenanza, que se aprobó con el voto mayoritario, pero no contó con apoyo de ediles del FCPV, pasará ahora a la Intendencia para la promulgación y posterior puesta en vigencia.

Los concejales determinaron que serán autoridades de aplicación de la ordenanza la Secretaría de Turismo y la Subsecretaría de Tránsito y Seguridad Vial del municipio.

Estos organismos deberán instrumentar los mecanismos para garantizar la implementación y el cumplimiento de las nuevas medidas.

La infracción será sancionada con una multa de 500 hasta 1.000 UF (unidades fijas)

Carnet digital

Por otra parte, los concejales también aprobaron la ordenanza que aprueba el uso de carnet de conducir en forma

to digital.

Para ello se utilizaría un código QR de barras bidimensional cuadrada que puede almacenar datos codificados.

La concejal Socorro Villamayor, autora de la iniciativa, definió como importante avanzar en la digitalización del carnet de conducir.

La norma aprobada modifica tres artículos de la ordenanza 14.395, Código de tránsito para la ciudad de Salta.

En un apartado del artículo 37 se estableció que la documentación exigida por la autoridad competente a los conductores de vehículos podrá ser exhibida en formato físico o digital, a través de dispositivos electrónicos, según el criterio que se establezca en la reglamentación. En los artículos 40 y 25 hubo cambios vinculados a los requisitos para circular con automotor y las sanciones por realizar dicha acción sin contar con habilitación correspondiente.

 

Temas de la nota

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

Temas de la nota

PUBLICIDAD