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El Gobierno frena beneficios impositivos para empresas como Mercado Libre e IBM, entre otras

Suspendieron la aplicación de  la "ley del conocimiento". La había impulsado Macri preveía rebajas fiscales a firmas tecnológicas y consultoras de servicios. 
Lunes, 20 de enero de 2020 16:22

Una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial dejó sin efecto la reglamentación de la Ley de Economía del Conocimiento y suspendió los plazos para analizar y procesar las solicitudes de adhesión al Régimen de Promoción hasta que se dicte la normativa complementaria correspondiente.

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Una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial dejó sin efecto la reglamentación de la Ley de Economía del Conocimiento y suspendió los plazos para analizar y procesar las solicitudes de adhesión al Régimen de Promoción hasta que se dicte la normativa complementaria correspondiente.

Es decir que hasta que no haya una nueva reglamentación las industrias basadas en el talento no tendrán los beneficios previstos, como una alícuota del 15% de impuesto a las ganancias (en lugar del 30%), la eliminación de la doble imposición y una reducción de aportes patronales, entre otros.

Cabe recordar que más allá de las nuevas industrias que empezaban a contar con estos beneficios -la biotecnología, la nanotecnología, los servicios profesionales y la industria aeroespacial y satelital, entre otras-, el software estaba amparado por una ley que perdió vigencia el 31 de diciembre, así que por ahora no tiene ningún régimen promocional vigente.


Según la resolución 30/2020 la nueva autoridad de aplicación será la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

Consultada por LA NACION, Romina Gayá, consultora en temas de servicios basados en el conocimiento, dijo que lo razonable sería que, una vez que esté la nueva reglamentación, los beneficios sean retroactivos al 1° de enero, "aunque también existe la posibilidad de que no se reglamente o la reglamentación tarde mucho tiempo", explicó.

Fuentes del Ministerio de Desarrollo Productivo, en tanto, dijeron que ya se encuentran trabajando en el tema aunque no hay un plazo para la nueva reglamentación. Según explicaron, para ellos "la ley es positiva en cuanto a sus fines y en espíritu, pero de las charlas que mantuvieron con distintas cámaras surgen dificultades en su implementación por lo que decidieron suspender el inicio del registro que comenzaba a fines de mes".

"No está claro cuáles son las actividades que entran y no está bien definido el tamaño de las empresas que se verían beneficiadas. Se prestaba a confusión, al margen de lo que es software que está más claro. Por ejemplo, la producción de una cerveza artesanal que incorpora algún tipo de conocimiento ¿queda alcanzada o no? Es muy vago", agregaron.

Entre los beneficios de la ley para las empresas que apliquen, figura la alícuota reducida del impuesto a las ganancias (15%) y la eliminación de la doble imposición que permite tomar a cuenta del pago del impuesto a las ganancias la retención sufrida en el exterior. Si bien algunos países como, por ejemplo, los Estados Unidos no retienen impuesto a la renta cuando importan servicios, en muchos otros sí y hasta ahora eso había sido un gran obstáculo para la exportación.

Ademas, la normativa reduce los costos laborales para el sector, ya que adelanta el Mínimo no Imponible que la reforma tributaria prevé para el 2022 y otorga un bono de crédito fiscal transferible equivalente a 1,6 veces las contribuciones que debieran abonarse sobre ese mínimo no imponible. Este beneficio, puede utilizarse para cancelar impuestos nacionales, como IVA o Ganancias.

De acuerdo con los últimos datos del Indec a junio pasado, el valor acumulado de las exportaciones de servicios en los últimos cuatro trimestres asciende a US$6.089 millones, lo que implica una caída interanual del 7,9%.

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