Tal como lo adelantó el Tribuno, el directorio del ENRESP (Ente Regulador de Servicios Públicos) decidió quitarle los subsidios al agua que recibían 40 propiedades de la iglesia. Implican un ahorro de $7 millones para el gobierno provincial ya que los subsidios al agua se realizan con fondos locales. Representan el 15 por ciento de los subsidios que se entregan anualmente a personas consideradas indigentes.
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Tal como lo adelantó el Tribuno, el directorio del ENRESP (Ente Regulador de Servicios Públicos) decidió quitarle los subsidios al agua que recibían 40 propiedades de la iglesia. Implican un ahorro de $7 millones para el gobierno provincial ya que los subsidios al agua se realizan con fondos locales. Representan el 15 por ciento de los subsidios que se entregan anualmente a personas consideradas indigentes.
A raíz de querer ampliar la cantidad de beneficiarios, el Ente analizó los actuales subsidios y ordenó un informe sobre 188 propiedades en capital. De esto, surgió que 40 no cumplían con sus fines "espirituales ni sociales" y estaban alquiladas a empresas o particulares, mientras figuraban como templos.
Entre ellas figuran los colegios Belgrano, Salesiano, San Alfonso, Santa Rosa, Jesús, Santa Isabel de Hungría, Del Huerto y María Auxiliadora. También figuran La Merced y el Bachillerato Humanista. También incluye a las propiedades de alrededor del convento San Bernardo que figuran a nombre de las congregación de las Carmelitas Descalzas pero estan alquiladas a una constructora, un estudio jurídico y otros particulares.
El argumento legal que utilizó el Ente fue que la ley que rige, exime las propiedades solo en cuestiones impositivas. La ley 2899 de 1953 exceptúa de impuestos, tasas y sellos en cuestiones administrativas o judiciales al "Arzobispado de Salta, el Monasterio San Bernardo y las parroquias de culto católico". La norma contempla a todos los inmuebles ya adquiridos o a adquirirse, y amplía el beneficio "aún cuando de estos se obtengan rentas". Es decir que no pagan impuestos ni tasas aunque la propiedad esté alquilada. La ley también habilita la condonación de multas y deudas en "concepto de contribución territorial, pavimentación" y cualquier otro impuesto, tasa o gravamen municipal o provincia