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Respuestas previsionales

Domingo, 26 de julio de 2020 00:41
FOTO: Radio Infinita Goya

Isabel Castillo (La Merced): en septiembre ya cumplo 62 años y no tenía aportes, pero desde agosto de 2018 estoy pagando religiosamente osamente el monotributo. ¿Podré jubilarme? 

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Isabel Castillo (La Merced): en septiembre ya cumplo 62 años y no tenía aportes, pero desde agosto de 2018 estoy pagando religiosamente osamente el monotributo. ¿Podré jubilarme? 

Buen día Isabel. ¡Qué importante que haya comenzado a pagar el monotributo! Sí, Ud. ya puede jubilarse, y le cuento cómo va a completar los 30 años de aportes que se requieren. En primer lugar puede hacer un plan de pagos para regularizar sus deudas previsionales (Ley 26.970), desde octubre de 1976 hasta diciembre de 2003. Es decir por un período de 27 años y 3 meses. A eso hay que sumarle sus aportes como monotributista desde 2018, tenemos 2 años más de aportes. Aún le estarían faltando aportes, pero recuerde que la normativa prevé que: “se podrá compensar el exceso de edad con la falta de servicios, en la proporción de dos (2) años de edad excedentes por uno (1) de servicios faltantes”. Como ya superó la edad de jubilación de la mujer (está cerca de cumplir 62 años), le bonifican ese exceso por servicios. Así que Isabel ya puede comenzar los trámites de la jubilación. Éxitos! 

Ofelia Acosta (Capital): cumplo los 60 años en noviembre y desde septiembre de 2019 vengo pagando aportes. Lamentablemente antes siempre estuve en negro. Quisiera saber si podré jubilarme con la moratoria. 
Buen día Ofelia. Me parece muy positivo que esté haciendo aportes. Estar afiliada a la seguridad social le permite tener cobertura por invalidez y muerte. En cuanto al tema de su jubilación, la cobertura por vejez, hay que estudiar su historia laboral. 
Hasta julio de 2022 estará vigente la moratoria Ley 26.970. Esta norma le permitirá cancelar deudas desde noviembre de 1978 hasta diciembre de 2003. Es decir por un máximo de 25 años y 2 meses. Aún continuando con sus aportes hasta julio de 2022, y considerando que para esa fecha superará los 60, lo cual le significará una bonificación en los aportes, no va llegar a completar los 30 años de aportes que exige la normativa. Sus últimos aportes son muy importantes pero no suficientes: necesitaría tener al menos entre 4 y 5 años de aportes antes de julio de 2022. 

El hecho que haya una fecha tope para regularizar deudas (diciembre de 2003) se ha transformado en una valla infraqueable. Es el problema que están teniendo miles de mujeres, se estima que son 240 mil. Esta semana se difundió una cifra impactante del Ministerio de Trabajo: sólo 1 de cada 10 mujeres de entre 55 y 59 años tienen más de 20 años de aportes. Es decir que muy pocas podrán jubilarse al llegar a los 60. Se debe a la informalidad laboral, el desempleo y la menor participación de la mujer en el mercado de trabajo. Sin dudas es un gran problema de política social. Pero si Ud. me pregunta, le diría que, si está en sus posibilidades, continúe regularizando su historia laboral. 

Rita Taritolay (Tartagal):hace 35 años trabajo en salud pública. Este lunes cumplo 60 años y tengo preocupación de que me intimen y deba jubilarme. Quisiera trabajar unos años más. Tengo un hijo estudiando y me siento bien aún. ¿Pueden obligarme a la jubilación? 
Buen día Rita. Es comprensible su preocupación porque Ud. quiere seguir trabajando y se siente bien. Pero no se aflija porque puede continuar a pesar de que, desde la semana próxima, reúne los requisitos para jubilarse (60 años de edad y 30 de servicios con aportes). Efectivamente la edad de jubilación para la mujer es de 60 años pero “las mujeres podrán optar por continuar su actividad laboral hasta los sesenta y cinco (65) años de edad” (art. 19º de la Ley 24.241). Es decir que si recibe una intimación bastará con comunique fehacientemente su voluntad de ejercer la opción del citado artículo. Feliz cumpleaños Rita!

 

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