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Apelan el fallo contra Lautaro Teruel e insisten con una pena más alta

Tras publicarse los argumentos, la fiscalía recurrió la Sala III del Tribunal de Juicio. Solicitan revocar la absolución por el beneficio de la duda de dos amigos de Teruel.
Miércoles, 10 de noviembre de 2021 09:06

Tras conocer los fundamentos de la sentencia del caso Lautaro Teruel, el fiscal Penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, interpuso un recurso de casación ante la Sala III del Tribunal de Juicio. La sentencia a doce años de prisión que recibió el hijo del líder del grupo Los Nocheros fue el 18 de octubre pasado. En el juicio en que se denunciaban dos abusos fueron absueltos por el beneficio de la duda Silvio Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán.

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Tras conocer los fundamentos de la sentencia del caso Lautaro Teruel, el fiscal Penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, interpuso un recurso de casación ante la Sala III del Tribunal de Juicio. La sentencia a doce años de prisión que recibió el hijo del líder del grupo Los Nocheros fue el 18 de octubre pasado. En el juicio en que se denunciaban dos abusos fueron absueltos por el beneficio de la duda Silvio Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán.

Teruel fue condenado por la comisión del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por las circunstancias de su realización, reiterado en concurso real (cuatro hechos), en concurso ideal con corrupción doblemente agravada por tratarse de una menor de 13 años y por mediar engaño en concurso real con abuso sexual con acceso carnal.

 

En el recurso de casación interpuesto ante la jueza de la Sala III del Tribunal de Juicio, el fiscal penal Federico Obeid solicitó que se condene a Marcos Lautaro Teruel, en calidad de autor, del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el grave daño en la salud de la víctima (4 hechos) en concurso ideal con corrupción de menores doblemente agravada por tratarse de una menor de 13 años y por mediar engaño, en perjuicio de I.JA., en concurso real (art. 55), con el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por dos o mas personas en calidad de autor y se lo condene a la pena de 17 años de prisión. Pide que se modifique la calificación a acceso carnal respecto a la menor y se dé por comprobado el grave daño a la salud respecto de la menor I.J.A.

Solicita que se revoque la absolución dispuesta a favor de Rodríguez y Farfán -por el beneficio de la duda- y se los condene, en calidad de coautores, de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por dos o más personas, aplicándoles la pena de 8 años de prisión.

En su recurso, el representante del Ministerio Público Fiscal consideró que "la pena de 12 años por aquel aplicada, resulta desproporcionada con el grado de injusto y con la culpabilidad del sujeto", y recordó que la escala penal por la cual correspondería condenar a Teruel contempla un mínimo de diez años y un máximo de 50 años, por lo que los 17 años solicitados por la Fiscalía resultan ajustados a derecho.

 

Planteo

Además, Obeid manifestó que tampoco comparte que, a la hora de evaluar la pena, el Tribunal considerara como atenuante el hecho de que Teruel "evidenciara arrepentimiento, solicitando perdón a las víctimas y sus familiares", dado que -conforme quedó demostrado durante la investigación y durante el debate-, el supuesto arrepentimiento exteriorizado no fue tal sino que su principal interés radicaba en evitar que la víctima lo denunciara.

"Es una responsabilidad ineludible la del Poder Judicial, como poder del Estado en un sistema republicano como el nuestro, la de propiciar y adoptar una interpretación expansiva de los derechos humanos, que garantice debidamente los derechos de las mujeres, en especial a la vida, libertad, seguridad personal y, por sobre todo, la inclusión de aquéllas que son abusadas física o psíquicamente, por aquellos respecto de los cuales se encuentran en una posición de dominación-

sometimiento. Solo un análisis que incorpore transversalmente la perspectiva de género permite desbrozar las múltiples circunstancias que han intervenido para que una mujer se encuentre en la situación de sometimiento brutal que implica la violencia de género, en este caso sexual", esgrimió en el escrito Obeid.

El fiscal también sostuvo que la sentencia contiene vicios que justifican con suficiencia el control extraordinario del Tribunal de Casación.

 

 

 

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