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Los nuevos municipios

Martes, 23 de noviembre de 2021 01:54

La reforma constitucional que se está llevando adelante en la provincia de Salta, conforme a la ley 8239/21, que declara la necesidad de la reforma, entre otros, del art. 170, párrafo segundo de la Actual Constitución, que dice: “Para constituir un nuevo municipio se requiere una población permanente de mil quinientos habitantes y una ley a tal efecto. Los municipios existentes a la fecha de la sanción de esta Constitución continúan revistiendo el carácter de tales”.
El día 19 de este mes presenté un proyecto (ingresado como expte. 099-CC/21) que al respecto dice:
 “Art. 170 párrafo 2do- Para constituir un nuevo municipio se requiere una población permanente de cinco mil habitantes y que acredite la sustentabilidad social, ambiental y económica del mismo, que garantice su desarrollo; además de una ley a tal efecto. Los municipios existentes a la fecha de sanción de esta Constitución continúan revistiendo el carácter de tales”.
 En el análisis integral del artículo vigente, que condiciona la creación de un nuevo municipio solamente al número de habitantes, me parece insuficiente, por ello incluí otros, que son necesarios señalar, aún teniendo en cuenta lo que dice el párrafo primero del mismo artículo cuando define al municipio como “una comunidad natural que asentada sobre un territorio y unidad por relaciones de vecindad y arraigo tienda a la búsqueda del bien común”.
Con el transcurso del tiempo, y el avance de los tratados internacionales a los que se ha adherido nuestro país, además de la propia realidad provincial y local, es necesario en esta oportunidad y con relación a este tema, considerar la posibilidad de desarrollo sostenible del mismo. Lo que también debería analizar la provincia y los municipios ya existentes. Al respecto creo que una política pública que prevea el desarrollo sustentable de la provincia en su integridad es necesaria.
Pero los municipios también deben analizarlo, pues para proyectar sus presupuestos, se debería analizar su realidad social, económica y ambiental, sus fortalezas como municipio, o futuro municipio y las debilidades, como las urgencias y el diseño de una mejora continua y sostenible. Pues todos ellos contienen derechos humanos. Y como consecuencia esta política pública debe prever que el nuevo municipio pueda desarrollarse adecuadamente para permitir a sus vecinos vivir dignamente.
Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) previstos en la Agenda 2030 de la ONU son los que todos los países prevén para que se construya el futuro que queremos.
Los 17 objetivos son 1) fin de la pobreza, 2) hambre cero, 3) salud y bienestar, 4) educación de calidad, 5) igualdad de género, 6) agua limpia y saneamiento, 7) energía asequible y no contaminante, 8) trabajo decente y crecimiento económico, 9) industria, innovación e infraestructura, 10) reducción de las desigualdades, 11) ciudades y comunidades sostenibles, 12) producción y consumo responsables, 13) acción por el clima, 14) vida submarina, 15) vida de ecosistemas terrestres, 16) paz, justicia, e instituciones sólidas, y 17) alianzas para lograr los objetivos.

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La reforma constitucional que se está llevando adelante en la provincia de Salta, conforme a la ley 8239/21, que declara la necesidad de la reforma, entre otros, del art. 170, párrafo segundo de la Actual Constitución, que dice: “Para constituir un nuevo municipio se requiere una población permanente de mil quinientos habitantes y una ley a tal efecto. Los municipios existentes a la fecha de la sanción de esta Constitución continúan revistiendo el carácter de tales”.
El día 19 de este mes presenté un proyecto (ingresado como expte. 099-CC/21) que al respecto dice:
 “Art. 170 párrafo 2do- Para constituir un nuevo municipio se requiere una población permanente de cinco mil habitantes y que acredite la sustentabilidad social, ambiental y económica del mismo, que garantice su desarrollo; además de una ley a tal efecto. Los municipios existentes a la fecha de sanción de esta Constitución continúan revistiendo el carácter de tales”.
 En el análisis integral del artículo vigente, que condiciona la creación de un nuevo municipio solamente al número de habitantes, me parece insuficiente, por ello incluí otros, que son necesarios señalar, aún teniendo en cuenta lo que dice el párrafo primero del mismo artículo cuando define al municipio como “una comunidad natural que asentada sobre un territorio y unidad por relaciones de vecindad y arraigo tienda a la búsqueda del bien común”.
Con el transcurso del tiempo, y el avance de los tratados internacionales a los que se ha adherido nuestro país, además de la propia realidad provincial y local, es necesario en esta oportunidad y con relación a este tema, considerar la posibilidad de desarrollo sostenible del mismo. Lo que también debería analizar la provincia y los municipios ya existentes. Al respecto creo que una política pública que prevea el desarrollo sustentable de la provincia en su integridad es necesaria.
Pero los municipios también deben analizarlo, pues para proyectar sus presupuestos, se debería analizar su realidad social, económica y ambiental, sus fortalezas como municipio, o futuro municipio y las debilidades, como las urgencias y el diseño de una mejora continua y sostenible. Pues todos ellos contienen derechos humanos. Y como consecuencia esta política pública debe prever que el nuevo municipio pueda desarrollarse adecuadamente para permitir a sus vecinos vivir dignamente.
Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) previstos en la Agenda 2030 de la ONU son los que todos los países prevén para que se construya el futuro que queremos.
Los 17 objetivos son 1) fin de la pobreza, 2) hambre cero, 3) salud y bienestar, 4) educación de calidad, 5) igualdad de género, 6) agua limpia y saneamiento, 7) energía asequible y no contaminante, 8) trabajo decente y crecimiento económico, 9) industria, innovación e infraestructura, 10) reducción de las desigualdades, 11) ciudades y comunidades sostenibles, 12) producción y consumo responsables, 13) acción por el clima, 14) vida submarina, 15) vida de ecosistemas terrestres, 16) paz, justicia, e instituciones sólidas, y 17) alianzas para lograr los objetivos.

Como se desprende de estos objetivos, cada pretenso municipio deberá analizar cuáles de estos objetivos son prioritarios en su caso. Algunos lo son para todos, como el de la pobreza, el hambre, la educación, el agua segura, energía no contaminarte, el trabajo decente, la producción y el consumo responsable, y la justicia e instituciones sólidas.
No se puede crear un municipio, en que sus habitantes sigan en condiciones de marginalidad social, sin educación, sin salud, sin agua, sin trabajo. y sin justicia.
Los objetivos son valores y principios a alcanzar, en la que se debe involucrar sobre todos los poderes del Estado, planificando la provincia por regiones, por cuencas, dentro de ellas a los municipios, para generar igualdades, equivalencias. Esta planificación debe ser participativa, en la que se encuentren involucrados los municipios y fundamentalmente sus habitantes. Para eso es la consulta previa y decisión libre e informada.
Involucrar a todos, a los productores, a los criollos a las comunidades indígenas, a la población concentrada y a la dispersa.
Así como se debe planificar las ciudades que concentra gran cantidad de habitantes, se debe hacer con los municipios pequeños para que crezcan razonablemente conservando sus costumbres, pero con acceso a otros derechos de los que ahora se encuentran excluidos.
Y que sus habitantes no tengan que estar agradecidos con los gobiernos de turno cuando se les da un grifo para que tenga agua una gran cantidad de familias. Porque es un derecho humano y es obligación del Estado asegurar ese derechos y los ciudadanos cuidarlo.
También debe participar la ciudadanía responsablemente, en contribuir con su participación activa en ese diseño, no solamente protestar, sino ayudar, para que las acciones sean más efectivas. Y los funcionarios escuchar, escuchar y actuar en consecuencia.
La correcta distribución de los fondos públicos a todas la provincias, y ésta a los municipios se hace necesario, para poder llegar a cubrir estos objetivos.
El cambio climático, que ya todos estamos sintiendo, la pobreza que se acrecienta, debe hacernos pensar cómo hacer para cumplir objetivos que nos salvará la vida, a todos, ahora y a las generaciones futuras

Pensemos en todos, no en unos pocos que con su indiferencia, o su incapacidad -o, sería lamentable, con corrupción- , están contribuyendo a empeorar las condiciones.
En esta oportunidad de la reforma constitucional, podemos contribuir a crear mejores municipios, más sustentables o sostenibles, con proyección de vida como organización social, y para preservar la vida digna de sus habitantes.
 

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