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La Justicia detalló su accionar en el caso de una menor fallecida

A través de un comunicado, la Asesoría de Incapaces Nº 4 aclaró cómo intervino en el seguimiento de un hecho que terminó con el deceso de una niña de dos años, por el cual su madre está acusada por homicidio calificado por el vínculo.
Martes, 07 de diciembre de 2021 16:37

En junio una mujer de 23 años había acudido a un centro de Salud de la ciudad con su hija de dos años sin vida, aduciendo que la misma se había ahogado con la comida.

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En junio una mujer de 23 años había acudido a un centro de Salud de la ciudad con su hija de dos años sin vida, aduciendo que la misma se había ahogado con la comida.

Sin embargo, con el trabajo de los médicos se descubrió un caso de violencia y abandono por lo que la joven madre fue imputada por homicidio calificado por el vínculo, ya que además la niña presentaba un cuadro grave de desnutrición y deshidratación.

Mientras se espera que inicie el juicio contra la mujer de 23 años, la Justicia emitió un comunicado para detallar cuál fue su accionar en el seguimiento de este hecho, que ya contaba con antecedentes. 

A continuación el comunicado:

"Ante los lamentables sucesos investigados por la Justicia Penal que tienen como víctima a una niña de dos años, cuya madre fue acusada de Homicidio Calificado por el Vínculo y la causa penal se encuentra a la espera del Juicio Oral y Público, es oportuno aclarar cual fue la intervención de la Asesoría de Incapaces Nº 4.
 
En efecto, la niña nace en fecha 14/5/19 y es entregada por la madre a la abuela paterna a los fines de ocultar su embarazo por temor a la reacción familiar, hasta tanto solucione su situación. La madre concurría al domicilio de la abuela paterna a visitar a la niña y amamantarla. 

En fecha 30 de mayo de 2019, se da intervención al Asesor de Incapaces Nº 4 con motivo de denuncias cruzadas entre la madre de la niña y la abuela paterna por el reclamo de la madre de que le entregue la niña y la negativa de esta a hacerlo. En ese marco, se inicia una actuación extrajudicial en la que son citadas la madre de la niña, la abuela paterna y el progenitor. El padre no se presentó en ningún proceso judicial ni extrajudicial ni efectuó el reconocimiento de la niña. 

Desde la Asesoría de Incapaces se solicitó la intervención de la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia a fin de que evalúe la real situación del conflicto familiar, y se entrevistó con todas las partes, asesorando a cada una de ellas respecto de las acciones que debía iniciar según sus pretensiones. A la abuela paterna, la guarda judicial en caso de querer formalizar el cuidado de la niña y a la madre la restitución de su hija, debiendo acompañar las constancias del inicio de las actuaciones.

Realizado el informe requerido a la Secretaría de Niñez y Familia, el Programa de Fortalecimiento Familiar pone en conocimiento del Asesor de Incapaces que la madre de la niña, tenía a su cargo otro hijo de 4 años de edad, y que de la consulta de los vecinos surgía que la misma era una persona tranquila que siempre se la encontraba con su hijo, que lo mantenía en buenas condiciones, que no tenía adicciones ni se la veía salir de su casa, que solo estaba al cuidado del niño y vivía con su progenitor. Concluye la profesional interviniente del órgano administrativo (Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia) que la madre se encontraba en condiciones de hacerse cargo del cuidado de su hija, y sugiere que se arbitren los medios legales para la restitución de la niña. 

La Asesoría de Incapaces citó a la abuela paterna y a la madre a fin de hacer conocer el resultado del informe, no presentándose la abuela y si la madre, quien comunicó que ya había iniciado la restitución judicial y acompañó constancia del inicio del trámite. 

En el proceso de judicial de restitución, la abuela paterna fue citada en tres oportunidades y no se presentó. El Juzgado de Familia de 4ª nominación ordenó la restitución el 7 de julio de 2020 frente al dictamen favorable del organismo de protección, la inexistencia de denuncias o antecedentes en contra de la madre que ya tenía otro niño.  Cabe destacar que desde esa fecha hasta el mes de Junio del año 2021, cuando se produjo el deceso de la niña, no se registró ninguna denuncia ni alerta de posibles actos de violencia o abandono por parte de la madre hacia su hija, que pudieran haber activado las actuaciones de resguardo y protección.

La totalidad de las actuaciones se encuentran digitalizadas en el sistema tanto del Poder Judicial como de la Asesoría interviniente.

Un Informe de la actuación de la Asesoria Nº 4 fue remitido a la Fiscalía actuante a los fines de delimitar las responsabilidades que pudieran caber."

Es necesario aclarar que para denunciar cualquier situación de vulneración de derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, no se requiere acreditar ningún vínculo de parentesco, sino que cualquier persona puede hacerlo y hay múltiples posibilidades para denunciar situaciones de violencia, maltrato, abuso o abandono: en sede policial; Oficina de Orientación y Denuncia ubicada en el edificio de Ciudad Judicial; Fiscalías Penales; Asesorías de Incapaces; Sistema de Emergencias 911; incluso de manera anónima en la web www.denunciasweb.gob.ar; o a través de la línea 102 de la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia.

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