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La Corte confirmó el rechazo a que un jurado popular juzgue al salteño Luis Chocobar

Chocobar fue condenado el año pasado a dos años de prisión en suspenso por "homicidio agravado por exceso en el cumplimiento del deber", pero todavía estaba pendiente el pedido para ser juzgado por un tribunal popular.
Miércoles, 13 de julio de 2022 15:38

La Corte Suprema confirmó el rechazo al pedido del policía Luis Chocobar a ser juzgado por un tribunal popular en el caso en el que terminó condenado a dos años de prisión en suspenso por el homicidio agravado en “exceso del cumplimiento del deber” del asaltante de un turista estadounidense en el barrio de La Boca en 2017.

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La Corte Suprema confirmó el rechazo al pedido del policía Luis Chocobar a ser juzgado por un tribunal popular en el caso en el que terminó condenado a dos años de prisión en suspenso por el homicidio agravado en “exceso del cumplimiento del deber” del asaltante de un turista estadounidense en el barrio de La Boca en 2017.

Chocobar, nacido en Salta, fue condenado por un tribunal oral de menores el 28 de mayo de 2021 a dos años de prisión y cinco de inhabilitación.

Pero todavía estaba pendiente de resolución en la Corte su pedido para que, en lugar de un tribunal exclusivamente técnico, fuera juzgado por un tribunal popular.

“La petición se fundamentó, además de las previsiones constitucionales que establecen del derecho a ser juzgado en juicio por Jurados, sistema que actualmente rige el sistema en nueve provincias, en el principio de juez natural y en el de igualdad ante la ley, principio que fue expresamente reconocido por la Comisión de Implementación del Código Procesal Penal Federal del Congreso Nacional”, habían expresado los abogados del policía, Luis Cevasco y Fernando Soto.

Pero la Corte, con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, declaró “inadmisible” el planteo, invocando razones formales: la falta de una fotocopia.

“El apelante no ha dado acabado cumplimiento a los recaudos establecidos en el artículo 7°, inciso a, del reglamento aprobado por la acordada 4/2007, por lo que corresponde declarar inadmisible esta presentación directa”, sostuvo el máximo tribunal.

Ese artículo, que reglamenta la presentación del último recurso ante la Corte, establece que “el escrito de interposición de la queja deberá estar acompañado por copias simples, claramente legibles, de la decisión impugnada mediante el recurso extraordinario federal”.

El fallo clausura definitivamente la posibilidad de que Chocobar sea juzgado por un jurado popular, mientras tanto la Cámara de Casación porteña revisa la condena que le fue aplicada.

En el mismo juicio en que fue condenado Chocobar, el Tribunal Oral de Menores número dos le impuso al asaltante sobreviviente la pena de nueve años de cárcel.

Chocobar fue condenado por el homicidio del asaltante Pablo Kukoc el 8 de diciembre de 2017, después de asaltar y dejar malherido al turista Frank Joe Wolek, a quien intentó robarle su cámara de fotos.

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