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Rematarán autos, motos y otros bienes en Orán

En calle J. C. Bischara esquina Rivadavia de esa ciudad.
Martes, 06 de septiembre de 2022 01:46

Entre hoy y el 8 del corriente mes, desde las 17.30, serán rematados tres autos, un camión, y una moto, entre otros bienes. Se realizará en el Depósito de Bienes Secuestrados del Poder Judicial, Distrito Orán, ubicado en calle J. C. Bischara esquina Rivadavia de esa ciudad.

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Entre hoy y el 8 del corriente mes, desde las 17.30, serán rematados tres autos, un camión, y una moto, entre otros bienes. Se realizará en el Depósito de Bienes Secuestrados del Poder Judicial, Distrito Orán, ubicado en calle J. C. Bischara esquina Rivadavia de esa ciudad.

En la oportunidad, la Corte de Justicia designó a los martilleros Mónica Lourdes Corral y Julia Alejandra Auza para rematar un Fiat Duna, un Volkswagen Gol Country, un Renault Logan, un camión Dodge Dutz y una motocicleta Honda XR 125. También se rematarán bienes varios como bicicletas y motos chatarras. Las mismas serán rematadas en el estado en que se encuentren, con base, por unidad y por lote.

Los bienes registrables fueron exhibidos ayer, de 9 a 16, y su descripción individualizada estará disponible en la página web del Poder Judicial.

El remate se llevará a cabo con observancia de todas las medidas de salubridad e higiene dispuestas por las autoridades sanitarias nacionales y provinciales a causa de la pandemia por coronavirus (COVID-19). Se efectúa de acuerdo con lo estatuido por la ley 7.838, art. 13 inc. c) y lo dispuesto por Acordada 13.600.

Los bienes cuyo precio no exceda de pesos doscientos setenta y seis mil doscientos diecisiete con cuarenta y seis centavos deberán ser abonados en dinero de contado, en el acto del remate. Cuando el precio exceda el monto señalado se abonará el 30% en concepto de seña y el saldo a las 48 horas hábiles de efectuado el remate.

Retiro del bien

En el caso de los bienes por los que se abona la totalidad del bien en el remate son retirados en el mismo acto. Cuando se abona la seña, en el acta correspondiente se le hará conocer al comprador que a partir de la integración del precio tiene un plazo de diez (10) días para retirar el bien adquirido, a partir del cual deberá pagar el canon correspondiente a la guarda, bajo apercibimiento de, vencidos 60 días sin que haya retirado el bien, dejar sin efecto la venta y perder el comprador lo ya pagado a favor del Poder Judicial.

En todos los casos los compradores abonarán en el acto de remate: el 10% de comisión de los martilleros, como así también el impuesto de sellos establecido por el Código Fiscal (1,2%), dejando aclarado que el impuesto mínimo que se debe abonar por este concepto es de setenta pesos equivalente a veinte unidades tributarias (art. 16 de la Ley impositiva 6611 y sus modificatorias) y el I.V.A. correspondiente a dicha comisión, en el caso que fuere responsable inscripto.

El adquirente de los vehículos podrá gestionar la inscripción del dominio en los términos previstos por el Capítulo I, Secc. XI, parte primera, arts. 1° a 8° de la disposición 119 del 10/03/93 de la Dirección Nacional de Registro de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios.

 

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