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15 de Mayo,  Salta, Centro, Argentina
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Javier Milei anuncia la reforma laboral y desregulación de la economía

El Decreto de Necesidad y Urgencia se refiera al ajuste del Estado y los cambios en materia laboral.
Martes, 19 de diciembre de 2023 21:53

El presidente Javier Milei ofrecerá este miércoles al mediodía su primera cadena nacional, en la que explicará los alcances del decreto de desregulación de la economía, que modifica o deroga decenas de leyes.

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El presidente Javier Milei ofrecerá este miércoles al mediodía su primera cadena nacional, en la que explicará los alcances del decreto de desregulación de la economía, que modifica o deroga decenas de leyes.

Según se conoció, Milei hablará sobre la desregulación económica que consta de alrededor de 200 artículos y que se presentará por un DNU (decreto de necesidad y urgencia), ya que no tiene contenidos que deban pasar por el Congreso.

El resto de las reformas que busca encarar el presidente libertario, que sí deben pasar por el Congreso (por ejemplo cuestiones tributarias o del sistema electoral), estarán contenidas en tres leyes que se girarán hasta antes del viernes.

La presentación del también llamado "DNU ómnibus", que contiene el plan de gobierno y los cambios que Milei busca imponer en la economía, será en simultáneo con el desarrollo de las marchas de los movimientos sociales y los gremios en contra del ajuste, contra el "protocolo antipiquete" de la ministra de Seguridad Patricia Bullrich, y para recordar los hechos acaecidos durante el 20 de diciembre de 2001.

Las reformas en el sistema laboral

Entre las principales iniciativas del DNU figuran cambios en el sistema laboral, la simplificación de algunos trámites burocráticos para modernizar el Estado y la derogación de la ley de alquileres.

Trascendió que se propondrá limitar el derecho de huelga, promover el modelo Uocra para reemplazar las indemnizaciones por fondos de desempleo y recortar las multas a empleadores, además de sanciones más duras para las protestas y extender los períodos de prueba laboral de los actuales tres meses a ocho meses.

También se buscaría modificar la cuota solidaria, que se acuerda entre empresas y sindicatos y fija un descuento del sueldo a los trabajadores no afiliados por su representación en la negociación colectiva.

Contratantes de empresas terciarizadas

Además se incluyeron especificidades, como en el caso de contratantes de empresas tercerizadas (vigilancia, alimentación, limpieza) que no serán "solidarias", es decir, no llevarán las de perder en caso de litigio entre empleadores y empleados. La distinción entre "salario" y "sueldo" excluiría a las bonificaciones en el caso de las indemnizaciones por despido.

El megadecreto también contendría modificaciones en la ley de empleo público, cambios que podrían efectuarse sin necesidad de pasar por el Congreso, como sí deberán hacerlo la marcha atrás en la baja del piso de Ganancias; modificaciones en las empresas públicas (YPF, Aerolíneas Argentinas y la red de empresas de comunicación del Estado) para que puedan convertirse en sociedades anónimas, y la reforma de cuatro leyes económicas con el objetivo de promover la inversión privada en infraestructura.

Los principales cambios en materia laboral:

  1. Reducción de aportes y contribuciones: Hoy, las empresas contribuyen con el 16% de la jubilación, el 2% del PAMI, el 6% de la obra social, el 1,5% del Fondo Nacional de Empleo, el 0,3% del Seguro de Vida Obligatorio y la ART. Los trabajadores aportan el 11% de la jubilación, el 3% del PAMI y el 3% de la obra social. La idea es reducir el costo de las empresas, pero "depende de Caputo", explicaron las fuentes oficiales.
  2. Extensión del período de prueba: se evalúa ampliarlo de 3 a 6 u 8 meses. Todavía está en discusión el plazo.
  3. Reducción de las indemnizaciones: la intención es limitar los rubros que componen la base de cálculo de la indemnización. Se excluirán beneficios como el pago del celular, los ticket canasta o vales alimentarios, y los bonos anuales, ítems que la Justicia ha reconocido en varios fallos como de carácter remuneratorio.
  4. Fin de las multas por registración deficiente: se eliminan las sanciones (denominadas indemnizaciones) establecidas por ley que el empleador debe pagar al trabajador afectado para la falta de registro de la relación laboral o el registro parcial de la misma por consignar una fecha de ingreso posterior a la real o una remuneración menor a la percibida por el trabajador.
  5. Desindexación de los intereses por indemnizaciones: es para evitar que los intereses en las indemnizaciones por despido se actualicen por inflación. En los últimos años, la Justicia elaboró fórmulas para calcular los créditos laborales tomando en cuenta la suba de precios y la variación para evitar que se desvaloricen.
  6. Fondo de cese laboral: será de aceptación "voluntaria" por gremio. Las empresas y trabajadores deben aportar fondos en forma anticipada para cubrir las indemnizaciones por despido. Se inspira en el sistema del gremio de la construcción (Uocra) y se negocia a través del convenio colectivo, sin tocar la Ley de Contrato de Trabajo.
  7. Cuota solidaria: se evalúa modificar el aporte que hoy se establece en las convenciones colectivas de trabajo. Se trata de acuerdos entre empresas y sindicatos en los que se fija un descuento del sueldo a los trabajadores no afiliados por su representación en la negociación colectiva.

 

 

 

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