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Respuestas previsionales

Domingo, 25 de junio de 2023 00:53

Silvia Liendro: Mi padre tiene 69 años y recibe la PUAM. Lamentablemente ahora quedó viudo, mi madre era jubilada docente. Me dicen que no puede solicitar la pensión. Gracias por la ayuda.

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Silvia Liendro: Mi padre tiene 69 años y recibe la PUAM. Lamentablemente ahora quedó viudo, mi madre era jubilada docente. Me dicen que no puede solicitar la pensión. Gracias por la ayuda.

Buen día Silvia. En los últimos años, desde 2016 en adelante, muchos varones tuvieron que optar por tramitar la PUAM (pensión universal para el adulto mayor) porque, aunque tenían aportes, no alcanzaban los 30 años y la moratoria que estaba disponible les resultaba insuficiente para completarlos.

Una de las limitaciones de la PUAM es que su titular no puede recibir una pensión por viudez, son incompatibles, ni tampoco, en caso de fallecer, dejar una pensión a la viuda. Esto es algo que no ocurre con una jubilación. En el caso puntual de su padre, le sugiero que primeramente se tramite el reemplazo de la PUAM por una jubilación con la reciente moratoria Ley 27.705. Luego, ya con su jubilación vigente, solicitar la pensión por viudez que deja su madre.

Este orden en la tramitación que le sugiero es importante porque, si primeramente renuncia a la PUAM para tramitar la pensión y luego solicita la jubilación podría dificultarse el acceso. Esto porque a su padre le harán una evaluación socioeconómica la que es posible que no supere dado que seguramente su madre, como docente, tenía un haber mensual superior a la mínima.

Alberto Gerón: Soy docente y ya tengo 65 años. Quisiera jubilarme como docente en mi cargo que ejerzo desde hace 15 años. Hace unos meses me informaron que aún me faltan servicios y explicaron que no supero el socioeconómico de la moratoria. Es decir que no puedo jubilarme. Por favor si me puede explicar.

Buen día Alberto. Los requisitos para jubilarse como docente (Decreto 137/05) son: 60 años de edad y 25 de servicios docentes. Sin embargo, si solo cuenta con 15 años docentes, igualmente podrá acceder si completa 12 años adicionales de servicios comunes, a expensas de un aumento en la edad jubilatoria que, en su caso, quedaría en 62 años (requisito que ya ha alcanzado).

Para "comprar" esos años faltantes podría hacer uso de la moratoria Ley 24.476. Sin embargo, el acceso a estas moratorias queda sujeto a un análisis patrimonial y socioeconómico, dado que se trata de esquemas dirigidos a personas que presentan una cierta vulnerabilidad. Seguramente esa fue la dificultad que tuvo para acceder hace unos meses. En días pasados hubo modificaciones en los parámetros de este análisis socioeconómico de la Ley 24.476, cuyos valores fueron elevados y ahora quedaron actualizados y unificados con los de otras normas.

Lo cierto es que, en principio y lo aclaro porque no conozco en detalle su situación, ya podría estar completando el faltante de aportes. De esta forma Ud. podrá jubilarse como docente y recibir el suplemento docente (82% de su remuneración al cese).

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