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Constructores de las instituciones de la Nación

Domingo Faustino Sarmiento, Juan Bautista Alberdi y Dalmacio Vélez Sarsfield, tres intelectuales de la organización del país cuyas personalidades y trayectorias establecieron la plataforma jurídica y política de la Argentina.
Viernes, 08 de septiembre de 2023 02:28

Hablando sobre las obras y trayectorias de dos grandes referentes de la historia del pensamiento jurídico y político de la Argentina, como fueron Juan Bautista Alberdi y Dalmacio Vélez Sarsfield, recientemente sostuve que en toda referencia y recuerdo de estas dos excelsas personalidades, resulta insoslayable vincular sus vidas y actuaciones, con otro gran protagonista de la historia argentina, como lo fue Domingo Faustino Sarmiento, en razón de que -en conjunto- elaboraron una monumental plataforma sobre la que se sustentaron los pilares de la definitiva institucionalización de nuestro país. Y precisamente, por esa obra inescindible de estos grandes prohombres de nuestra historia, es que en el año 1987, en oportunidad de pronunciar un discurso, en mi carácter de presidente de la Comisión Legislativa para la Unificación de la Legislación Civil y Comercial, en la Universidad Nacional de Córdoba en homenaje a Dalmacio Vélez Sarsfield, vinculé su inestimable aporte a la codificación del derecho privado en la Argentina, con los pensamientos y acciones preclaras de Sarmiento y Alberdi.

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Hablando sobre las obras y trayectorias de dos grandes referentes de la historia del pensamiento jurídico y político de la Argentina, como fueron Juan Bautista Alberdi y Dalmacio Vélez Sarsfield, recientemente sostuve que en toda referencia y recuerdo de estas dos excelsas personalidades, resulta insoslayable vincular sus vidas y actuaciones, con otro gran protagonista de la historia argentina, como lo fue Domingo Faustino Sarmiento, en razón de que -en conjunto- elaboraron una monumental plataforma sobre la que se sustentaron los pilares de la definitiva institucionalización de nuestro país. Y precisamente, por esa obra inescindible de estos grandes prohombres de nuestra historia, es que en el año 1987, en oportunidad de pronunciar un discurso, en mi carácter de presidente de la Comisión Legislativa para la Unificación de la Legislación Civil y Comercial, en la Universidad Nacional de Córdoba en homenaje a Dalmacio Vélez Sarsfield, vinculé su inestimable aporte a la codificación del derecho privado en la Argentina, con los pensamientos y acciones preclaras de Sarmiento y Alberdi.

Construcción de la República

El proyecto de país encarado por estos hombres tenía por norte valores republicanos y democráticos, la libertad de comercio, de circulación y navegación, la libertad de cultos, la educación, la apertura del país a los mercados internacionales, la radicación de capitales externos, políticas inmigratorias, y en una confluencia de fuerzas, públicas y privadas, necesarias e imprescindibles para poder crecer.

Para ello era necesario regularizar el funcionamiento de una sociedad no articulada, invertebrada, incorporando un conjunto de normas capaces de operar como elemento de regularización de los comportamientos. Se trataba, en definitiva, de organizar el Estado, de ponerlo en pie en ese desierto. Había además que encarar la unificación de la legislación para dar vida al incipiente federalismo, a esa fórmula mixta, imaginada por Alberdi en nuestra Constitución. Fueron hombres, todos ellos, extraordinarios autodidactas. Que creaban todo casi de la nada. Que se asieron a lo poco que había a mano. Fueron humanistas. Abrieron picadas en el derecho, las letras, la historiografía, la economía.

La grandeza

En ese discurso que pronuncié en Córdoba, imaginaba que Sarmiento, poco antes de su muerte en 1888, giraba su mirada hacia el pasado reciente de la Argentina, y encontraba sin mayor esfuerzo un conjunto de rasgos excepcionales de progreso, casi único en América Latina, logrado en tan solo 30 años, y a vuelapluma, realizaba un inventario de ese progreso: escuelas, colegios, universidades, códigos, letras, legislación, ferrocarriles, libre pensar. Todo ello tuvo un componente de voluntad y de búsqueda consciente, que posibilitaron tanto progreso, y tantos resultados.

Y ahora, pensando en Alberdi, que murió en 1884, me lo imagino también mirando para atrás, apreciando la institucionalidad argentina, que empezó a cristalizarse con la sanción de la Constitución de 1953, la que fue elaborada por los constituyentes en Santa Fe, en base a su monumental obra titulada "Bases y Puntos de Partida para la Organización Política de la República Argentina".

Su influencia en el texto constitucional es interpretada y destacada por el jurista Rodolfo Rivarola, que sintetiza de la siguiente manera la gravitación del pensamiento de Alberdi en la Carta Magna: "La Constitución argentina fue concebida históricamente y en contemplación de la realidad contemporánea de su momento inicial, en tránsito de lo pasado hacia lo futuro. Su moral se encuentra en la filosofía del justo medio. No es, pues, extremista en ningún sentido; radical en ningún otro; intransigente con la realidad posible, jamás. Sus virtudes están en el alejamiento de estos tres términos. Por esto se demuestra que no es federal ni unitaria. 

En el discurso que pronuncié en la Universidad de Córdoba, mencionado anteriormente, entre otras cosas dije: "La trayectoria personal de Vélez se confunde con la del país; nace 10 años antes que la Argentina rompiera los lazos con la monarquía española y muere casi en la víspera de la consolidación del país con la federalización de Buenos Aires. No sólo por su edad, Vélez se convierte en un testigo y en un protagonista de excepción de nuestra vida nacional. Estuvo en los primeros planos de las luchas políticas. Muy joven fue diputado y corredactor de la Constitución unitaria de 1826. Fue dos veces ministro con Mitre y Sarmiento. En la elaboración del Código Civil es donde desplegó su capacidad creativa, su valor como hombre integral de derecho y como erudito".

Momento político

"Porque Vélez fue eso, un jurista integral y no solo un limitado compilador de leyes. Él entendió el momento político. Estaba consustanciado con el proyecto de país moderno, que otros como él estaban desplegando sobre el terreno real. El mismo Vélez expresó que el Código proyectado estaba destinado a favorecer la población, la colonización y la civilización del territorio", señalé.

Serenidad ciudadana

Como reflexión final a estas anotaciones, en este momento crítico de la historia argentina, con serios problemas económicos, políticos y convulsiones sociales, donde se polemizan y hasta se banalizan los fundamentos democráticos y republicanos de nuestra institucionalidad, sería muy importante y necesario, que este método de miradas retrospectivas que imagino hicieron estos preclaros hombres, lo adoptemos y fuera utilizado también por nosotros ahora, redescubriendo los principios de libertad y patriotismo que impregnaron los ideales fundacionales de nuestro país, y que tan adecuadamente fueron incorporados en el sabio preámbulo de la Constitución Argentina, a los que deberíamos acudir y practicar con urgencia, responsablemente y con serenidad ciudadana, en esta difícil coyuntura histórica institucional por la que atravesamos todos los argentinos.

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