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30 de Abril,  Jujuy, Argentina
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La Legislatura sancionó la prohibición de la pirotecnia sonora en Jujuy

Diputados aprobaron la ley N°6187 que regula la venta, uso y tenencia de estos fuegos de artificios en todo el territorio provincial. 
Jueves, 03 de diciembre de 2020 18:26

Luego de seis años de presentaciones de distintas iniciativas presentadas de asociaciones Padres y familiares con niños y adolescentes diagnosticados con Trastorno del Espectro Autista (TEA) protectores de animales y asociaciones civiles  y por unanimidad, la legislatura de Jujuy aprobó en sesión extraordinaria la ley N°6187 de Pirotecnia Sonora.

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Luego de seis años de presentaciones de distintas iniciativas presentadas de asociaciones Padres y familiares con niños y adolescentes diagnosticados con Trastorno del Espectro Autista (TEA) protectores de animales y asociaciones civiles  y por unanimidad, la legislatura de Jujuy aprobó en sesión extraordinaria la ley N°6187 de Pirotecnia Sonora.

La legislación permitirá la regulación en el uso, tenencia, distribución y comercialización de fuegos de artificio  fuertes, que superan los 84 decibeles (bombas de estruendos, baterías, petardos) en todo el territorio provincial y establecerá sanciones económicas importantes a quienes los incumplan.

Previo a la votación, diputados de las diferentes bancadas destacaron los perjuicios que significaba los estruendos provocados por estos productos, y los daños importantes provocados a personas  con TEA, y que sufren hipersensibilidad auditiva, mascotas y pacientes con distintas patologías.,

Cabe recordar que hasta el momento nueve localidades de nuestra provincia, incluida San San Salvador de Jujuy, sancionaron ordenanzas del mismo tenor.