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El Gobierno nacional derogó la normativa que durante más de 30 años reguló los aranceles de los colegios privados en todo el país. Desde ahora, las instituciones de gestión privada podrán fijar libremente los valores de matrícula y cuotas sin necesidad de comunicar ni obtener la aprobación del Estado.
La medida se oficializó este martes a través del Decreto 787/2025, publicado en el Boletín Oficial, y deroga el histórico Decreto 2417/1993, que establecía un marco de control para las escuelas privadas de todos los niveles educativos.
Qué cambia con la nueva desregulación
Hasta ahora, los colegios privados estaban obligados a informar antes del 31 de octubre de cada año -plazo que luego se había extendido al 15 de noviembre- los montos de matrícula, cuotas mensuales, plazos de pago y recargos en caso de mora.
Además, debían acordar esos valores con los padres o tutores de los estudiantes, y solo con ese aval podían remitir la información a las autoridades competentes. Si no se lograba un entendimiento, se mantenían los valores del ciclo lectivo anterior.
Con la derogación del decreto, esa obligación desaparece: los establecimientos no tendrán que comunicar ni justificar los aumentos, y podrán ajustar sus precios según las condiciones del mercado y su estructura de costos.
Los fundamentos del Gobierno
En los considerandos, el Ejecutivo argumentó que el sistema derogado “presenta limitaciones y requerimientos que dificultan la adaptación de los institutos privados a las realidades educativas y económicas del país”.
Además, señaló que el decreto original “fue dictado en un contexto normativo distinto”, cuando la administración educativa dependía del gobierno nacional, y que ahora, con la transferencia de competencias a las provincias, resulta necesario adecuar las normas al esquema federal vigente.
El Gobierno también subrayó que, desde 1993, la estructura de costos y aranceles cambió sustancialmente, y que la intervención estatal “ha generado efectos contraproducentes que afectan el funcionamiento y la viabilidad económica” de los institutos.
Argumentos económicos y libertad contractual
Según el texto oficial, exigir la presentación anticipada de montos de matrícula y cuotas limita la capacidad de las instituciones para ajustar sus precios a las fluctuaciones económicas, generando incertidumbre y desincentivando la inversión.
El documento sostiene que, por temor a no cubrir sus costos ante la falta de autorización estatal, los colegios terminan fijando cuotas más altas de lo necesario, lo que “perjudica a las familias” y restringe su posibilidad de elección educativa.
La Casa Rosada remarcó que el derecho de propiedad y el principio de libre contratación deben ser respetados, de modo que las instituciones privadas puedan definir libremente sus condiciones de contratación y los salarios de su personal, sin intervención estatal.
Impacto en el sistema educativo
Con esta decisión, el Ejecutivo plantea consolidar un modelo en el que el mercado educativo y la competencia entre instituciones definan los precios y las condiciones de acceso, desplazando el rol regulador del Estado.
Sin embargo, especialistas advierten que la medida podría aumentar la brecha entre colegios de diferentes niveles socioeconómicos, especialmente en provincias donde el sector privado cumple un papel clave en la oferta educativa.
El decreto, en línea con la política general de desregulación económica impulsada por Javier Milei, marca un cambio de paradigma en el vínculo entre el Estado y las instituciones educativas de gestión privada, al priorizar la libertad de precios por sobre el control administrativo que rigió durante más de tres décadas.