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Ordenaron juicio oral y público a Capellán

Martes, 03 de julio de 2012 21:23
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Pornografía. En la casa del acusado secuestraron gran cantidad de material XXX pedofílico y homosexual.

El juez de Instrucción Formal 1, Martín Pérez, elevó ayer a la Cámara del Crimen 3, para su juzgamiento oral y público, la causa de Guillermo Capellán, exconcejal salteño, exintendente de Libertador General San Martín y supuesto manosanta, quien fue denunciado y procesado por el delito de abuso sexual en perjuicio de un menor, hecho ocurrido en 2003.

Las actuaciones quedaron radicadas ahora en el tribunal que integran los magistrados Susana Sálico de Martínez, José María Morosini y Alberto Fleming, los mismos que llevaron el sonado caso del abogado, empresario y tabacalero Simón Hoyos, quien fue atrapado con una niña de 8 años en un albergue transitorio y fue condenado por corrupción de menores.

El juicio a Capellán tendría lugar en el curso de este año, en razón de la excesiva demora de un hecho ocurrido hace nueve años.

En la oportunidad, la madre de un adolescente de 15 años denunció que Capellán violó a su hijo en su vivienda, tras conducirlo al dormitorio mediante engaños.

La acusación fue ratificada por el chico y el juez interviniente procesó a Capellán.

Luego, la Cámara de Acusación, integrada por Luis Félix Costas (actual Defensor General de la Provincia) y Enrique Granata, confirmó la medida por el delito de abuso sexual de un menor, reprimido con un máximo de 6 años de prisión efectiva.

Luego de más de un quinquenio de efectuada la acusación y encontrándose firme el procesamiento de Capellán, la víctima formuló una sorpresiva retractación. Manifestó que la acusación formulada por él y su madre era falsa y que fue inducida por personas que no identificó, con la finalidad de perjudicar la carrera política del acusado, quien fue destituido como edil por insolvencia moral.

El juez Pérez, apoyado por un dictamen del fiscal Eduardo Barrionuevo, rechazó la “retractación”, desestimando el pedido de sobreseimiento realizado por el imputado. Ahora, la nueva sentencia de los camaristas Costas y Granata desestima los dichos formulados por el menor, aduciendo que “surge evidente que este inesperado giro de desincriminación sólo encuentra predicamento en los dichos de la víctima sin que haya explicitado el tono de las distintas declaraciones anteriores que lógicamente guardan una significación contradictoria, prescindiendo del resto del plexo probatorio arrimado en la causa”. El tribunal de apelación agregó que la retractación es “una ligera, vaga e imprecisa maniobra”, y acotaron que el menor olvidó, entre otras pruebas, “los signos físicos reveladores del abuso sexual de la víctima, que fueron objeto de constatación por médicos legistas al momento del hecho, y también los peritajes psicológicos de Capellán que exteriorizaron graves desajustes de personalidad, fundamentalmente la esfera de su sexualidad”.

La actuación de los médicos legales

Las pericias realizadas por médicos de la Policía y del Poder Judicial acreditaron que el abuso sexual contra el menor existió.
Por ello, los jueces de Cámara expresaron que la pretensión de sobreseimiento de Capellán carecía de “certeza y rigor lógico y fue elaborada sin sustento probatorio autónomo, máxime cuando el discurso de la víctima aparece como fútil e congruente”.
“Con ello -fundamentaron los magistrados- queremos decir que la acción penal en su disponibilidad, no puede quedar en manos del antojadizo por tenor declarativo de los cambiantes humores que asuma la víctima en el transcurso del tiempo”. Luego, el denunciante, Rodrigo Emanuel Chavarría -ya mayor de edad-, ratificó nuevamente su denuncia, reclamando una indemnización de $450.000.

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