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Todos lo esperaban. El juez de instrucción Javier Ríos dictó ayer el procesamiento y la prisión preventiva del portero Jorge Mangeri bajo el cargo de “homicidio agravado por alevosía” en perjuicio de la adolescente Angeles Rawson, ocurrido el pasado 10 de junio.
Cabe destacar que el magistrado no contempló la “autoincriminación” que realizó Mangeri cuando fue detenido ni tampoco el reciente relato del taxista, quien aseguró haber trasladado al portero hasta las instalaciones del Ceamse en los días posteriores al macabro asesinato.
Además, el juez impuso un embargo por un millón de pesos sobre los bienes de Mangeri, encargado del edificio de la calle Emilio Ravignani 2360 del barrio de Palermo, donde vivía la chica cuyo cadáver fue hallado el 11 de junio pasado en un predio del Ceamse, de José León Suárez.
El abogado Pablo Lanusse, representante del padre de la víctima, Franklin Rawson, destacó que la resolución del magistrado es “clara, sólida”, y explicó que “está basada en la prueba del expediente, fundamentalmente en el ADN, que lo coloca a Mangeri como único responsable, y por el método insidioso que usó para deshacerse del cuerpo”.
Según los peritajes y la autopsia, la joven estaba viva cuando fue arrojada a un camión compactador de basura que luego llevó su cuerpo al predio de la Ceamse.
En su resolución, el juez destacó que “la circunstancia que Angeles Rawson estuviese atada de pies y manos cuando fue sometida al procedimiento insidioso que la llevó a la muerte, así como la diferencia de edad y contextura física entre el imputado y la víctima, evidencia su estado de indefensión”, por lo que corresponde el agravante de “alevosía”.
El Código Penal contempla la pena de prisión perpetua para las personas encontradas culpables de “homicidio agravado por alevosía”.
Lanusse sostuvo que “había elementos contundentes para dictar el procesamiento de esta persona”, en alusión a Mangeri, aunque remarcó que “el caso va a estar cerrado cuando hay una sentencia condenatoria”.
Cómo fue el crimen
El siguiente es el detalle que hizo el juez Javier Ríos de cómo fue el hecho por el cual el portero Jorge Mangeri quedó procesado y preso: “Se le atribuye al nombrado haber causado la muerte de la menor Angeles Rawson, entre las 9.50 y las 22.08 horas del día 10 de junio de 2013, después de haberla interceptado alrededor de las 9.50 hs. en el interior del edificio, sito en la calle Dr. Emilio Ravignani 2360, donde el imputado se desempeña como encargado”.
Fue cuando la menor “regresaba de una clase de gimnasia realizada en el predio, sito en la manzana comprendida por las calles Crámer, Concepción Arenal, Conesa y Benjamín Matienzo, de esta ciudad, ocasión en la que la damnificada intentó defenderse a partir de lo cual quedaron rastros genéticos del compareciente debajo de las uñas de la mano derecha de la nombrada, en los dedos índice, anular y mayor”.
“Para ello el imputado la ató de pies, manos y muslos, le colocó una bolsa plástica de nylon color verde en la cabeza con la inscripción "Día', así como una soga con varios nudos alrededor del cuello y en ese estado la puso en una bolsa de consorcio de color negra, para luego introducir a la víctima en el circuito de recolección y procesamiento de residuos del Ceamse”, escribió el juez.
Allí las “maquinarias de compresión le causaron lesiones vitales, consistentes en traumatismos múltiples, producto del aplastamiento progresivo en sentido antero-posterior sobre tórax, cuello y cabeza de la víctima, que consistieron fundamentalmente en fractura de clavícula derecha, fractura maxilar inferior, fractura de columna cervical y de base de cráneo, lo que causó la muerte (a Angeles)”.