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13 de Agosto,  Salta, Centro, Argentina
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Cómo funciona la opción del cuarto oscuro accesible

Facilitan el voto a personas con alguna discapacidad o movilidad limitada.
Domingo, 11 de agosto de 2019 00:00
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Todos los establecimientos habilitados para las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) nacionales en Salta contarán con un cuarto oscuro accesible (COA).

En estos recintos pueden votar, por propia opción, electores que están registrados en distintas mesas pero que presentan alguna discapacidad o limitación en su movilidad, sea ésta permanente o transitoria.

¿Dónde se disponen los COA?

Los COA se habilitan en los espacios de más fácil acceso y más cercanos al ingreso de los establecimientos, para personas con discapacidad motriz, sensorial, mental o visceral, como también para aquellas que presentan limitaciones que interfieren en su desplazamiento, visión, orientación y comunicación.

¿Pueden hacer uso de la opción embarazadas y adultos mayores?

El voto en un cuarto oscuro accesible también puede ser solicitado por adultos mayores, mujeres embarazadas y pacientes con lesiones temporales en miembros superiores o inferiores, cardiopatías, tratamientos oncológicos o en diálisis.

¿Cómo votarán personas ciegas?

En el cuarto oscuro accesible habrá dispositivos para facilitar el voto de personas ciegas o con disminución en su capacidad visual. Estas podrán ingresar con su perro guía tanto al establecimiento de votación como al cuarto oscuro. Allí habrá plantillas idénticas a la boleta única de sufragio, en papel y alfabeto Braille, con ranuras sobre los casilleros.

De no saber leer Braille, podrán hacerse acompañar por el presidente de mesa o alguna persona de su confianza.

¿Cómo deberán actuar las autoridades de mesa al ser informadas de electores que soliciten emitir su voto en el cuarto oscuro inclusivo?

La presidenta o presidente de la mesa deberá trasladarse al COA con la urna, un sobre y el padrón.

¿Qué debe hacer el presidente de mesa si el elector, por algún impedimento físico, no puede ejercer su derecho a votar?

Para el caso de que hubiera algún elector con una discapacidad que le impida ejercer el voto, el presidente de mesa deberá acompañarlo y asistirlo en todos los pasos necesarios hasta la introducción de la boleta de sufragio en la urna.

¿Y cómo debería proceder en aquellos casos en que el elector no pudiera firmar el padrón?

Si un elector no supiera o no pudiera firmar el padrón, la autoridad de su mesa lo hará por él y dejará asentada la situación en el espacio para observaciones en el padrón.

Las prohibiciones

  • Durante la jornada electoral están prohibidos los actos de proselitismo.
  • También está prohibida la difusión de avisos, encuestas o sondeos.
  • La veda apunta a evitar cualquier forma de captación del sufragio.
  • No se pueden abrir locales partidarios a menos de 80 metros a la redonda de los lugares de votación.
  • No están permitidas reuniones de electores en grupos a menos de una cuadra de las escuelas donde se vota.
  • Tampoco pueden repartirse de boletas.
  • La veda alcanza a los espectáculos populares, ya sean al aire libre o en recintos cerrados, hasta pasadas tres horas del cierre de los comicios.
  • La prohibición de venta de bebidas alcohólicas se extiende hasta tres horas después de finalizada la votación.
  • No está permitida la portación de armas ni el uso de banderas, divisas u otros distintivos hasta las 21.

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