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El Ministerio de Transporte y el Ministerio del Interior autorizarán excepcionalmente el regreso a domicilio habitual por vía terrestre desde las 0 horas del sábado 18 hasta el martes 21 abril de 2020 a las personas que estén cumpliendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio en un domicilio distinto, respetando las medidas sanitarias y de seguridad que han establecido las autoridades nacionales en el marco de la emergencia declarada por la pandemia de coronavirus.
Preguntas y respestas que debés saber
1 - ¿Dónde obtengo el permiso? En el link https://regresoacasa.argentina.gob.ar
2 - ¿Cuándo puedo obtener mi permiso? A partir de hoy
3 - ¿Cuál es la vigencia del permiso? Del sábado 18/4 a las 0.00 hs hasta el martes 21/04 a las 24 hs. Y tiene validez de 48 horas.
4 - ¿Quién tiene que gestionar el permiso? Un responsable del grupo que se traslada
5 - ¿Qué habilita la declaración jurada? La circulación del vehículo, con los pasajeros declarados, al destino de residencia
6 - ¿Cuál debe ser el destino del permiso? El domicilio de residencia donde se cumplirá con el aislamiento obligatorio
7 - ¿Puedo acreditar domicilio con factura de servicios? Si
8- ¿Cuánta gente se puede trasladar? La capacidad permitida por el vehículo
9- ¿Puedo ir a buscar a un familiar con mi vehículo? Si
10 -¿Se pueden alquilar vehículos? No
11 - ¿Se habilita el transporte de media y larga distancia? No
12 - ¿Por qué se anuncia con poca anticipación? Para desalentar la circulación de casos injustificados
13 - ¿Por qué se toma la decisión hoy? Porque con seguridad los pasajeros cumplieron los 14 días de aislamiento recomendado para prevenir la propagación del coronavirus y podrán trasladarse de modo seguro para toda la población.
14 - ¿Quién controlará la circulación de estos casos excepcionales? El Ministerio de Seguridad y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), dependiente del Ministerio de Transporte, y las fuerzas de otras localidades