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20 de Agosto,  Salta, Centro, Argentina
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Congelan tarifas y suspenden los cortes

Será hasta fin de año y extienden el beneficio a más sectores vulnerables.
Sabado, 20 de junio de 2020 01:11
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El Gobierno oficializó ayer su decisión de congelar hasta fin de año las tarifas de los servicios públicos debido al impacto que está registrando en las economías de las familias la crisis generada por la pandemia de COVID-19 y extendió también la prohibición de cortes para sectores vulnerables.

La decisión fue tomada por el presidente Alberto Fernández y establecida por el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 543/2020, publicado ayer en el Boletín Oficial.

"Prorrógase el plazo establecido en el artículo 5´ de la ley N´ 27.541 desde su vencimiento, y por un plazo adicional de 180 días corridos", dice el artículo primero del DNU. E indica que las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios.

Las empresas no podrán interrumpir los servicios a:

1) beneficiarios y beneficiarias de la asignación universal por hijo (AUH) y por embarazo;

2) beneficiarios y beneficiarias de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el salario mínimo vital y móvil;

3) usuarios inscriptos en monotributo social;

4) jubilados y jubiladas, pensionadas y pensionados y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos salarios mínimos vitales y móviles;

5) monotributistas inscriptos y trabajadoras monotributistas inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el salario mínimo vital y móvil;

6) usuarios y usuarias que perciben seguro de desempleo;

7) electrodependientes, beneficiarios de la ley N´ 27.351;

8) usuarios incorporados y usuarias incorporadas en el régimen especial de seguridad social para empleados de casas particulares;

9) exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.

Y hasta el 28 de junio, si los usuarios que cuentan con sistema de servicio prepago de telefonía móvil o internet no abonaren la recarga para acceder al consumo, las empresas prestadoras deberán brindar un servicio reducido.

 

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