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28 de Septiembre,  Salta, Centro, Argentina
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Negar derechos porque sí: el sello de la Corte de Salta

Domingo, 28 de septiembre de 2025 01:42
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Como abogada, he tenido que explicarles a mis clientes la alta probabilidad de que la Corte de Justicia de Salta les niegue sus derechos sin fundamento. Lo he comprobado científicamente: el Tribunal resuelve sin cumplir el deber constitucional de motivar sus decisiones. Pero no solo vulneran los derechos de las personas en casos judiciales. También nos atropellan a quienes sostenemos el sistema judicial desde la trinchera: las y los abogados.

Hoy quiero exponer mi caso, simple pero revelador del accionar típico y arbitrario de la Corte.

El 19/9 solicité licencia por maternidad conforme al art. 50 del CPCCS, que reconoce 60 días corridos "antes o después del parto". Pedí iniciar la licencia unos días antes de la fecha probable de parto. La Corte lo rechazó porque, según ellos, los 60 días deben tomarse exclusivamente antes o después de una fecha que, por definición, es incierta y solo "probable".

El criterio es insólito. ¿Quién podría defender que una abogada recorra Tribunales hasta el día anterior del parto o que deba litigar con un recién nacido en el pecho al día siguiente de dar a luz? ¿O acaso la Corte disfrutaría de vernos parir en una sala de audiencia?¿Debemos someternos a la posibilidad de perder un juicio si se adelanta la fecha de parto, por los plazos procesales perentorios, vulnerándose, además, la defensa de nuestros clientes?

Este es el criterio de los jueces de Corte salteños, que interpretan mal la norma y la desnaturalizan. Así, ejercen violencia institucional contra las abogadas, funcionarios que conocen perfectamente cómo es el régimen de licencia por maternidad y lo aplican todos los días para sus propias empleadas, que gozan de 150 días corridos y pueden fraccionarlos según sus necesidades. Pero cuando se trata de las abogadas, el criterio cambia: apenas contamos con 60 días por ley, y encima se nos exige tomarlos exclusivamente antes o después del parto. La Corte sabe lo que es una licencia digna, pero para nosotras, simplemente decide que no corresponde.

¿Quién podría defender que una abogada recorra Tribunales hasta el día anterior del parto?

A mis nueve meses de embarazo, expuse la incoherencia y la crueldad. Pregunté a cada mujer que me atendió el teléfono desde Ciudad Judicial si esto le parecía razonable. Todas dijeron que no, pero que "es el criterio de la Corte".

Presenté nota con argumentos jurídicos, respaldada por el Colegio de Abogados. Alegué que el artículo no exige exclusividad temporal; que permite una distribución razonable, como lo hace la Ley de Contrato de Trabajo y la ley que rige al personal judicial. Cité estándares internacionales, normas constitucionales, y advertí que esta interpretación desvirtúa el espíritu de la norma, que busca proteger a la mujer gestante. Solicité a la Corte que, como última intérprete de leyes provinciales, revise el criterio y garantice una aplicación razonable, equitativa y con perspectiva de género.

La Corte, presidida por una mujer y madre, simplemente, resolvió: "VISTA la presentación de la Dra. María Fernanda Guillén, hágasele conocer que deberá estar a lo dispuesto por el art. 50". Lo dispuesto según ellos y su interpretación restrictiva, por supuesto.

El Poder Judicial ha naturalizado el abuso y el desprecio por la legalidad. La sociedad paga el costo.

De esta forma, sin fundamentos, sin respuesta a ninguno de los planteos formulados, sin respeto por el derecho de las mujeres gestantes. Porque pueden, porque están acostumbrados a actuar sin consecuencias, porque no rinden cuentas, porque saben que no habrá sanción alguna, y porque saben que a días de dar a luz y ante la vulneración de mis derechos por la cabeza del Poder Judicial, no hay nada que pueda hacer.

Esta es la situación que enfrentan cientos de salteños cada vez que reclaman sus derechos ante la judicatura: resoluciones sin fundamentos, criterios arbitrarios, indiferencia institucional, denegación de justicia. No se trata solo de mi caso, ni solo de las abogadas. Se trata de un Poder Judicial que ha naturalizado el abuso, la falta de motivación y el desprecio por la legalidad. Y mientras tanto, la sociedad paga el costo en silencio.

Este es el sello de la Corte de Salta: la arbitrariedad. Negar derechos porque sí, sin consecuencias.

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