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Mariela Galván: soy docente especial. Cumplí 51 años de edad y 20 de servicios; además soy madre de hijos. Quisiera saber si hay forma de que me jubile.
Buen día Mariela. El régimen para docentes especiales Decreto 538/75 (Art. 1º inc. b)) establece que los docentes pueden jubilarse con 25 años sin límites de edad; en el límite, el docente que cuente con dicha cantidad de años de servicios con aportes en la tarea podría jubilarse a los 43 años. En los casos como el suyo donde no alcanza los 25 años como docente especial. Se puede hacer uso de servicios comunes, mediante las moratorias Ley 24.476 y Ley 27.705 (Unidad de Cancelación de Aportes Previsionales, UCAP). También es destacable que le reconocerán los hijos como años aportados por el programa de Reconocimiento por tareas de cuidado (Decreto 475/2021).
Beatriz Segovia: en mayo me jubilé como docente después de muchos años de trabajo. Quisiera saber con cuánto dispondré en junio próximo.
Buen día Beatriz. Recientemente se conoció que los jubilados y pensionados docentes nacionales (no universitarios) tendrán un aumento por los meses de junio, julio y agosto 2025 del 13,59%. El incremento surge del esquema de movilidad trimestral propia del sector que se calcula por la variación de las remuneraciones de los docentes activos con aportes a la ANSES, el índice se conoce "Remuneración Imponible Promedio Docente" (RIPDOC), y no contempla sumas "no remunerativas". Este incremento tendrá incidencia directa en el medio aguinaldo que se comienza a pagar a partir del 9 de junio.
Nélida Torres: hace muchos años estoy en una silla de ruedas y percibo una pensión no contributiva por invalidez. Recibí una citación de la ANDIS para una auditoría. Cuando quise presentarme descubrí que el domicilio era inexistente. ¿Qué sugiere hacer? Tengo miedo de perder mi pensión que es el único sustento que tengo.
Buen día Nélida. He recibido información de varios beneficiarios de pensiones por invalidez que han denunciado situaciones similares. Le recomiendo que deje constancia de esta circunstancia que impide la realización de la auditoría por factores que le son ajenos; lo mejor sería acudir a un profesional para realizar el reclamo. En otros casos, la auditoría solicita estudios médicos complejos que no pueden ser realizados en el plazo solicitado. De forma similar, le sugiero dirigirse a un profesional abogado o en su defecto al Defensor del Pueblo para informar esta dificultad y solicitar una prórroga. Me parece muy importante realizar estas gestiones para evitar la suspensión de su beneficio de pensión.