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13 de Mayo,  Salta, Centro, Argentina
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Nuevo revés judicial por la reforma laboral

La Justicia del Trabajo declaró la invalidez de seis artículos del DNU.
Jueves, 25 de enero de 2024 02:07

La Justicia nacional de primera instancia del Trabajo declaró ayer la invalidez de seis artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación económica del gobierno de Javier Milei.

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La Justicia nacional de primera instancia del Trabajo declaró ayer la invalidez de seis artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación económica del gobierno de Javier Milei.

La decisión fue adoptada por la jueza laboral Liliana Rodríguez Fernández, quien hizo "parcialmente lugar a la acción de amparo" de la Confederación General del Trabajo (CGT), que ayer se movilizó contra el citado DNU

La magistrada resolvió "declarar la invalidez de los artículos 73, 79, 86, 87, 88 y 97" del DNU 70/2023, aunque aclaró que "gozará de validez formal en el caso de ratificación por ambas Cámaras dentro del período de las sesiones extraordinarias en curso, o su vigencia cesará de pleno derecho en caso contrario".

La jueza acotó su decisión a aquellos artículos del DNU que afectan "de modo directo" los intereses de la CGT por afectar derechos colectivos de los trabajadores.

"El artículo 73, sobre las condiciones de retención de la cuota sindical; el artículo 79, que fija reglas para la negociación colectiva; y el artículo 97, que regula los servicios esenciales en el marco de conflictos colectivos", resumió.

Y añadió que una objeción determinante a la norma "estaría dada por la circunstancia de que el Congreso se encontrara funcionando", como ocurre hoy. "Si bien este argumento es suficiente para invalidar las normas mencionadas, tampoco puede pasarse por alto que la necesidad y la urgencia de la reforma no aparece debidamente justificada", finalizó.

 

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