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19 de Mayo,  Salta, Centro, Argentina
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Gils Carbó dictaminó a favor de la ley del Consejo de la Magistratura

Lunes, 17 de junio de 2013 16:20

  La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictaminó esta tarde que la reforma del Consejo de la Magistratura, que plantea la elección popular de sus miembros, es constitucional.
Luego de que la Corte Suprema aceptara el per saltum interpuesto por el Poder Ejecutivo contra las sentencias del
juzgado de primera instancia, Gils Carbó dictaminó que corresponde revocar esos fallos y declarar constitucional la reforma introducida al Consejo de la Magistratura.
La procuradora entendió que la elección popular y el incremento de los miembros del ámbito académico y científico dispuestos por la ley 26.855 no son incompatibles con el artículo 114 de la Constitución Nacional.
Al contrario, consideró que la norma consagró una interpretación de ese artículo que concilió mejor su texto "con el
compromiso asumido con la ciudadanía, con el resguardo de la soberanía del pueblo, la democracia representativa y el
consiguiente fortalecimiento de la participación ciudadana". Además, evaluó que la nueva ley es adecuada para lograr "los
fines de desalentar que intereses sectoriales o corporativos puedan prevalecer en la actuación del Consejo, al dejar sin efecto el voto calificado que regía anteriormente para la elección de los consejeros".
 

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  La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictaminó esta tarde que la reforma del Consejo de la Magistratura, que plantea la elección popular de sus miembros, es constitucional.
Luego de que la Corte Suprema aceptara el per saltum interpuesto por el Poder Ejecutivo contra las sentencias del
juzgado de primera instancia, Gils Carbó dictaminó que corresponde revocar esos fallos y declarar constitucional la reforma introducida al Consejo de la Magistratura.
La procuradora entendió que la elección popular y el incremento de los miembros del ámbito académico y científico dispuestos por la ley 26.855 no son incompatibles con el artículo 114 de la Constitución Nacional.
Al contrario, consideró que la norma consagró una interpretación de ese artículo que concilió mejor su texto "con el
compromiso asumido con la ciudadanía, con el resguardo de la soberanía del pueblo, la democracia representativa y el
consiguiente fortalecimiento de la participación ciudadana". Además, evaluó que la nueva ley es adecuada para lograr "los
fines de desalentar que intereses sectoriales o corporativos puedan prevalecer en la actuación del Consejo, al dejar sin efecto el voto calificado que regía anteriormente para la elección de los consejeros".
 

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