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Superpoder para Yolanda Vega en Cerrillos

Miércoles, 16 de noviembre de 2016 01:30
Yolanda Vega.
En un marco de críticas y cuestionamientos, la intendente de Cerrillos, Yolanda Vega, incluyó en el presupuesto municipal facultades extraordinarias para que el departamento ejecutivo -es decir, ella- pueda modificar ese mismo presupuesto para incorporar nuevas partidas específicas o reasignar o incrementar las ya previstas.
Para proceder a esas modificaciones, el artículo 4 contempla los casos de "erogaciones necesarias originadas en leyes, decretos y convenios" provinciales o de origen nacional, internacional, interprovincial o para la incorporación de partidas correspondientes a obras o servicios financiados por usuarios o por contribución de mejoras. La autorización abarca los casos de partidas nacionales, de fuentes financieras o de otros orígenes.
En esas circunstancias, la intendenta deberá notificar al Concejo Deliberante.
Se trata de medidas que claramente incrementan el poder real de la jefa comunal y que distorsionan la división de poderes prevista en la legislación.
En el artículo 8 lleva la Unidad Tributaria Municipal de 4 a 6 pesos y en el artículo 10 ratifica que la intendenta puede disponer las reestructuraciones presupuestarias que considere necesarias dentro del total aprobado, incluyendo modificaciones que involucren gastos corrientes, gastos de capital, aplicaciones financieras y distribución de finalidades sin exceder al 30 por ciento y con la obligación de rendirlo al final del ejercicio.
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Para proceder a esas modificaciones, el artículo 4 contempla los casos de "erogaciones necesarias originadas en leyes, decretos y convenios" provinciales o de origen nacional, internacional, interprovincial o para la incorporación de partidas correspondientes a obras o servicios financiados por usuarios o por contribución de mejoras. La autorización abarca los casos de partidas nacionales, de fuentes financieras o de otros orígenes.
En esas circunstancias, la intendenta deberá notificar al Concejo Deliberante.
Se trata de medidas que claramente incrementan el poder real de la jefa comunal y que distorsionan la división de poderes prevista en la legislación.
En el artículo 8 lleva la Unidad Tributaria Municipal de 4 a 6 pesos y en el artículo 10 ratifica que la intendenta puede disponer las reestructuraciones presupuestarias que considere necesarias dentro del total aprobado, incluyendo modificaciones que involucren gastos corrientes, gastos de capital, aplicaciones financieras y distribución de finalidades sin exceder al 30 por ciento y con la obligación de rendirlo al final del ejercicio.
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