El decreto 349 del Poder Ejecutivo Nacional, que se publica en el Boletín Oficial, destaca en sus fundamentos que tales derechos de exportación "han tenido un efecto negativo sobre la industria minera argentina".
La medida señala que "el país es una de las pocas jurisdicciones a nivel mundial en que se aplican derechos de tal índole", cuya aplicación ha "desincentivado las inversiones". Desde marzo de 2002 regían retenciones de entre 5 y 10% para la exportación para los envíos al exterior de productos del sector.
Según el decreto, son "potencialmente muy significativos" los riesgos de "pérdida de puestos de trabajo y sus inevitables consecuencias en todo el sector productivo, en cuanto se refiere a empleos directos, empleos indirectos y cadena de proveedores".
Además, agrega, la "incidencia negativa" de las retenciones al sector minero "excede considerablemente los beneficios que se generan para el erario".
El decreto recuerda que esos derechos, al no ser coparticipables, implicaron "una concentración de los aportes tributarios mineros en el Estado nacional, en desmedro de las provincias, quienes poseen la titularidad originaria de los recursos minerales".
De ese modo, concluye el decreto, se limitó el "impacto benéfico de la minería en las regiones donde opera, lo cual es crucial para que esta actividad se convierta en vector de potenciación del federalismo".
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El decreto 349 del Poder Ejecutivo Nacional, que se publica en el Boletín Oficial, destaca en sus fundamentos que tales derechos de exportación "han tenido un efecto negativo sobre la industria minera argentina".
La medida señala que "el país es una de las pocas jurisdicciones a nivel mundial en que se aplican derechos de tal índole", cuya aplicación ha "desincentivado las inversiones". Desde marzo de 2002 regían retenciones de entre 5 y 10% para la exportación para los envíos al exterior de productos del sector.
Según el decreto, son "potencialmente muy significativos" los riesgos de "pérdida de puestos de trabajo y sus inevitables consecuencias en todo el sector productivo, en cuanto se refiere a empleos directos, empleos indirectos y cadena de proveedores".
Además, agrega, la "incidencia negativa" de las retenciones al sector minero "excede considerablemente los beneficios que se generan para el erario".
El decreto recuerda que esos derechos, al no ser coparticipables, implicaron "una concentración de los aportes tributarios mineros en el Estado nacional, en desmedro de las provincias, quienes poseen la titularidad originaria de los recursos minerales".
De ese modo, concluye el decreto, se limitó el "impacto benéfico de la minería en las regiones donde opera, lo cual es crucial para que esta actividad se convierta en vector de potenciación del federalismo".