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Unas 180 parejas ya pusieron a sus hijos el apellido materno

Viernes, 13 de mayo de 2016 01:30
Con más de 250 días de vigencia, el nuevo Código Civil y Comercial de la Argentina permitió que 179 parejas hasta abril optaran por anteponer a sus hijos recién nacidos el apellido materno sobre el paterno en Salta.
Sin representar casos de madres solteras, la decisión respondió a ambos padres. Sobre el total, 157 casos son de la capital y el resto del interior, y no siempre figuran los dos apellidos.
Los datos fueron proporcionados por el Registro Civil de las Personas en Salta, que desde la entrada en vigencia del nuevo cuerpo normativo hasta la fecha lleva asentados aproximadamente 14.728 nacimientos (falta la inscripción de algunos niños procedentes del interior provincial).
En contra de lo que se esperaba, muchas parejas optaron por romper la costumbre de poner el apellido del padre en primer lugar. Esta posibilidad quedó habilitada a partir de la reforma del Código Civil.
Salta es una provincia considerada tradicionalista y, en su momento, expertos en leyes vaticinaron que el cambio sería uno de los que menor impacto tendría en Salta.
Si bien no representa un alto porcentaje en relación con las inscripciones, la nueva opción no pasó desapercibida para los salteños.
Lo que antes hubiera requerido una acción legal o un engorroso trámite administrativo, desde hace ocho meses solo demanda que ambos progenitores se pongan de acuerdo al momento de la inscripción. De no haber acuerdo entre los padres, se define por sorteo.
Por ahora en Salta el común acuerdo marca tendencia.

Uniones convivenciales

Sin contar con los mismos derechos que un matrimonio, la unión convivencial sumó adeptos en Salta. En los ocho meses que lleva vigente el cuerpo normativo, 175 parejas eligieron la nueva figura legal. La misma reemplaza lo que antes se consideraba como concubinato. La capital es el lugar que concentró la mayor cantidad de inscripciones, con 105 casos.
Según la nueva norma, la unión convivencial se aplica a la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, públicas, notorias, estables y permanentes de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo.
Establece un mínimo de obligaciones: asistencia entre los convivientes durante la convivencia, obligación de contribuir a las cargas del hogar, responsabilidad por las deudas comunes y protección de la vivienda familiar, además de una compensación económica en el caso de que alguno de los cónyuges resulte perjudicado económicamente por la separación.
Contraer matrimonio sigue como la opción más elegida para los salteños, ya que de acuerdo a datos del Registro Civil de Salta, 2.368 parejas optaron por casarse desde agosto hasta la actualidad.
De acuerdo a lo establecido por el Código, el matrimonio genera una gran cantidad de efectos jurídicos que no operan en las uniones convivenciales. Entre los aspectos que más resaltan está el hecho de que el cónyuge es heredero legitimario, mientras que el conviviente no es heredero y la única manera de que reciba el beneficio es a través de un testamento.

Convenciones matrimoniales

Si bien durante las primeras semanas de vigencia del nuevo Código Civil y Comercial, las convenciones matrimoniales o "contratos prenupciales" no tenían adeptos, poco a poco fueron incorporados.
En Salta ocho parejas decidieron hacer uso de este nuevo marco jurídico. El mismo permite que, antes de celebrarse el matrimonio, los futuros esposos establezcan acuerdos ya sea con respecto al régimen patrimonial del matrimonio o en cuanto a los bienes que llevan al matrimonio, además de la enunciación de las deudas o las donaciones que se hagan entre ellos.
A medida que pasa el tiempo, los trámites se instalan en la costumbre de los salteños y el Registro Civil sigue como el punto de encuentro para ejecutarlos.

Profundizar la difusión

Difundir el Código Civil y Comercial resulta fundamental para que se conozcan figuras como la unión convivencial. "Es necesario profundizar la difusión. El Código contempla derechos clave para los convivientes que antes debían recurrir a una sede judicial para obtenerlos", dijo a El Tribuno el secretario de Gobierno de la Provincia, Santiago Godoy.
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Con más de 250 días de vigencia, el nuevo Código Civil y Comercial de la Argentina permitió que 179 parejas hasta abril optaran por anteponer a sus hijos recién nacidos el apellido materno sobre el paterno en Salta.
Sin representar casos de madres solteras, la decisión respondió a ambos padres. Sobre el total, 157 casos son de la capital y el resto del interior, y no siempre figuran los dos apellidos.
Los datos fueron proporcionados por el Registro Civil de las Personas en Salta, que desde la entrada en vigencia del nuevo cuerpo normativo hasta la fecha lleva asentados aproximadamente 14.728 nacimientos (falta la inscripción de algunos niños procedentes del interior provincial).
En contra de lo que se esperaba, muchas parejas optaron por romper la costumbre de poner el apellido del padre en primer lugar. Esta posibilidad quedó habilitada a partir de la reforma del Código Civil.
Salta es una provincia considerada tradicionalista y, en su momento, expertos en leyes vaticinaron que el cambio sería uno de los que menor impacto tendría en Salta.
Si bien no representa un alto porcentaje en relación con las inscripciones, la nueva opción no pasó desapercibida para los salteños.
Lo que antes hubiera requerido una acción legal o un engorroso trámite administrativo, desde hace ocho meses solo demanda que ambos progenitores se pongan de acuerdo al momento de la inscripción. De no haber acuerdo entre los padres, se define por sorteo.
Por ahora en Salta el común acuerdo marca tendencia.

Uniones convivenciales

Sin contar con los mismos derechos que un matrimonio, la unión convivencial sumó adeptos en Salta. En los ocho meses que lleva vigente el cuerpo normativo, 175 parejas eligieron la nueva figura legal. La misma reemplaza lo que antes se consideraba como concubinato. La capital es el lugar que concentró la mayor cantidad de inscripciones, con 105 casos.
Según la nueva norma, la unión convivencial se aplica a la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, públicas, notorias, estables y permanentes de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo.
Establece un mínimo de obligaciones: asistencia entre los convivientes durante la convivencia, obligación de contribuir a las cargas del hogar, responsabilidad por las deudas comunes y protección de la vivienda familiar, además de una compensación económica en el caso de que alguno de los cónyuges resulte perjudicado económicamente por la separación.
Contraer matrimonio sigue como la opción más elegida para los salteños, ya que de acuerdo a datos del Registro Civil de Salta, 2.368 parejas optaron por casarse desde agosto hasta la actualidad.
De acuerdo a lo establecido por el Código, el matrimonio genera una gran cantidad de efectos jurídicos que no operan en las uniones convivenciales. Entre los aspectos que más resaltan está el hecho de que el cónyuge es heredero legitimario, mientras que el conviviente no es heredero y la única manera de que reciba el beneficio es a través de un testamento.

Convenciones matrimoniales

Si bien durante las primeras semanas de vigencia del nuevo Código Civil y Comercial, las convenciones matrimoniales o "contratos prenupciales" no tenían adeptos, poco a poco fueron incorporados.
En Salta ocho parejas decidieron hacer uso de este nuevo marco jurídico. El mismo permite que, antes de celebrarse el matrimonio, los futuros esposos establezcan acuerdos ya sea con respecto al régimen patrimonial del matrimonio o en cuanto a los bienes que llevan al matrimonio, además de la enunciación de las deudas o las donaciones que se hagan entre ellos.
A medida que pasa el tiempo, los trámites se instalan en la costumbre de los salteños y el Registro Civil sigue como el punto de encuentro para ejecutarlos.

Profundizar la difusión

Difundir el Código Civil y Comercial resulta fundamental para que se conozcan figuras como la unión convivencial. "Es necesario profundizar la difusión. El Código contempla derechos clave para los convivientes que antes debían recurrir a una sede judicial para obtenerlos", dijo a El Tribuno el secretario de Gobierno de la Provincia, Santiago Godoy.
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