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Los colegios deberán anticipar el valor de las cuotas

Defensa del Consumidor obliga a notificar por escrito en octubre.
Martes, 28 de noviembre de 2017 22:47

Por una resolución de la Secretaría de Defensa del Consumidor de la Provincia, desde el próximo año los colegios privados deberán informar a los padres por escrito el valor de la cuota y de la inscripción que se cobra durante el año lectivo.  Según la disposición que se publicó ayer en el Boletín Oficial de Salta, las autoridades de los establecimientos deberán notificar a los padres o responsables de los alumnos los precios de las cuotas antes del 31 de octubre de cada año.

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Por una resolución de la Secretaría de Defensa del Consumidor de la Provincia, desde el próximo año los colegios privados deberán informar a los padres por escrito el valor de la cuota y de la inscripción que se cobra durante el año lectivo.  Según la disposición que se publicó ayer en el Boletín Oficial de Salta, las autoridades de los establecimientos deberán notificar a los padres o responsables de los alumnos los precios de las cuotas antes del 31 de octubre de cada año.

En los últimos años se multiplicaron las quejas de las familias que mandan a los niños, niñas y adolescentes a estudiar a colegios pagos por los constantes incrementos. La anterior secretaría de Defensa del Consumidor, Carina Iradi, ya había anticipado que se iba a trabajar en este tema. Según el organismo, la nueva resolución se ajusta al artículo 4 de la ley 24240 de Defensa del Consumidor que obliga a los proveedores a suministrar de manera cierta, clara y detallada las características de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización.

“La resolución tendrá cumplimiento obligatorio en toda la provincia de Salta y quienes no la respeten podrán recibir las sanciones dispuestas por la ley de Defensa del Consumidor”, remarcaron desde el Gobierno.

La información que se entregue a los padres deberá consignar el importe de la matrícula de inscripción o reinscripción, en el caso que la hubiese, y condiciones de reintegro de la misma en el caso de arrepentimiento; la cantidad de cuotas totales por servicios educativos, que se percibirán únicamente durante el año lectivo, con discriminación de conceptos; y el monto de cada una de las cuotas, que serán mensuales, iguales y consecutivas.

Se exigirá que se determine la forma con el plazo de pago y la determinación de los recargos a aplicar en caso de mora Carlos Morello, nuevo secretario de Defensa del Consumidor, indicó que “es fundamental precisar los alcances y contenidos de la información que los establecimientos educativos privados deben suministrar a los consumidores, de tal forma de promover la transparencia del mercado y resguardar sus intereses económicos”.

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