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Emiten recomendaciones para salir de vacaciones

Migraciones difundió los requisitos para las personas que quieran salir del país durante el verano. Una guía que incluye a los menores de 18 años.
Miércoles, 27 de diciembre de 2017 00:00

Ante la llegada de la temporada de las vacaciones, la Dirección Nacional de Migraciones recordó cuáles son los documentos hábiles para salir del país y detalló qué puntos se deben cumplir para ir con menores.

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Ante la llegada de la temporada de las vacaciones, la Dirección Nacional de Migraciones recordó cuáles son los documentos hábiles para salir del país y detalló qué puntos se deben cumplir para ir con menores.

Si los destinos son países del Mercosur (Brasil, Bolivia, Paraguay, Uruguay y Venezuela) y Estados Asociados (Chile, Colombia, Ecuador y Perú), los ciudadanos podrán viajar con el DNI digital (o pasaporte).

"Vale aclarar que para salir del territorio los únicos DNI válidos son los digitales, ya que los escritos a mano carecen de validez. En caso de trasladarse a otras naciones, es imprescindible el pasaporte y visa en caso de que lo requiera el lugar de destino (consultar con las representaciones consulares si se requiere)", agregaron desde el organismo nacional.

Niños

  • Los menores de 18 años, además del documento de viaje habilitado (DNI digital o pasaporte), necesitan autorización de acuerdo a diversas consideraciones.
  • Si el menor viaja con ambos padres bastará con que acrediten el vínculo mediante Libreta Civil de Familia o Partida de Nacimiento o Certificado de Nacimiento (sin importar la fecha de su emisión) o DNI del menor, en donde consten los datos filiatorios de los padres.
  • Si lo hace solo con uno de sus padres, además de demostrar la relación parental con alguno de los documentos referidos, deberá acompañar la autorización del padre/madre ausente.
  • Si el chico es hijo de menores, necesitará la autorización de los padres y el permiso de alguno de sus abuelos por cada padre adolescente.
  • Si el menor viaja acompañado de su tutor o curador, deberá acreditarse con la resolución judicial respectiva; la designación y aceptación del cargo de tutor o curador.

"Toda esta documentación deberá ser presentada en original, o copias debidamente legalizadas o certificadas. En aquellos casos que se trate de escrituras o instrumentos públicos o privados emanados por autoridad extranjera deberá además contar con la traducción si no estuviere redactado en idioma castellano, y legalizado o apostillado según corresponda", indicaron desde Migraciones.

Sin permiso

  • En caso de que uno o ambos padres no puedan o no quieran dar su consentimiento o si el menor se encuentra bajo guarda con fines de adopción o a disposición de un juez, será necesaria la autorización judicial supletoria.
  • Se recomienda que previo al viaje se consulte en las oficinas de Migraciones sobre autorizaciones judiciales o situaciones excepcionales sobre viaje de menores.
  • Las autorizaciones de menores pueden tramitarse ante escribanos, cónsules argentinos y extranjeros, jueces competentes, autoridades del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, jueces de paz y en Migraciones. oficinas de esta Dirección Nacional.
  • Respecto a estas últimas se pueden tramitar en los pasos fronterizos terrestres habilitados y en las delegaciones del país en los horarios de habituales de atención.
  • Cabe recordar que tienen un costo de $600, treinta días de vigencia para salir y sirven para un solo viaje. Para su solicitud deben estar ambos padres presentes, tener sus documentos de identidad incluyendo un documento que acredite la filiación con el menor (Libreta Civil de Familia o Partida de Nacimiento o Certificado de Nacimiento). En el caso de autorizar un tutor, debe acompañar la resolución judicial respectiva.

 

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