¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

11°
30 de Abril,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

Las jubilaciones no deben pagar Ganancias

Miércoles, 26 de julio de 2017 00:00

Propongo declarar exento del impuesto a las ganancias o del cualquier otro que posteriormente lo sustituya a los beneficios jubilatorios otorgados por Anses, por las cajas, incluidas aquellas formadas en organismos paraestatales como consejos o colegios profesionales.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

Propongo declarar exento del impuesto a las ganancias o del cualquier otro que posteriormente lo sustituya a los beneficios jubilatorios otorgados por Anses, por las cajas, incluidas aquellas formadas en organismos paraestatales como consejos o colegios profesionales.

Para sostener esta idea hay fundamentos teóricos y prácticos. Mucho se ha hablado últimamente acerca de que el salario de un trabajador no es ganancia. Como sabemos el impuesto a las ganancias lo incluye como renta de cuarta categoría, en una condición tal que solo permite deducciones mínimas, lo cual es un abuso fiscal, pues pone a la cuarta categoría en desventaja con las restantes tres, al no permitir conceptos deducibles de valores mínimos o razonables que tiene el asalariado para poder obtener su mal llamada "Ganancia", que son los gastos necesarios para llegar a su trabajo, comer en su trabajo, vestir acorde a su trabajo lo exige, capacitarse, etc.

Podríamos decir entonces que se trata de un impuesto al ingreso, que en todos los países lo tienen, pero normalmente en menor medida o sin tal voracidad fiscal. Aceptamos, en consecuencia que el ingreso del trabajador "no es ganancia". En el mejor de los casos, debe producirse una reforma tributaria que grave en forma razonable este tipo de ingreso.

El salario de un trabajador se encuentra además gravado por deducciones propias del desarrollo de su trabajo: aportes previsionales; aportes sociales; aportes sindicales, en algunos casos seguros, y en forma oculta, en la actualidad por dos conceptos: el impuesto al valor agregado y el impuesto inflación.

Muchas veces el trabajador en actividad tiene formas de defensa contra estas nuevas formas de exacciones: horas extras; trabajos adicionales; etc. De esta manera logra un ingreso decoroso. Así, en base a 30 ó 40 años de trabajo, logra su jubilación, la que al ser calculada, lo aleja de su haber en actividad, debiendo recomponer o adaptar su nivel de vida a uno mucho más bajo y resignarse a una situación al final de su vida que no corresponde a la de un ciudadano que ha trabajado esa cantidad de años y en aquellos niveles salariales.

Esto, juicios mediante, genera una litigiosidad que no es del caso tratar aquí. (En el caso de la Constitución de la Provincia de Salta, dispone que debe guardar una estrecha relación con los haberes en actividad. No indica porcentual, pero en general antes de producirse la transferencia de la Caja de Previsión Social a Anses, los haberes jubilatorios se calculaban al 82% del haber en actividad, tomando como base los 10 últimos años).

El Estado, en deuda

El trabajador ha hecho siempre estos aportes; "siempre" y en tiempo y forma. Mes a mes. Si no han llegado a las arcas del Estado es porque él mismo Estado no ha accionado los resortes para que así suceda. Y si no se encuentran en las arcas del Estado, es porque el propio Estado los ha dilapidado. Ha malversado esos fondos. No ha cumplido la manda implícita mensual: guarde estos dineros para los jubilados: los actuales y los de las próximas generaciones.

Si estos fundamentos se aceptan o comparten para los trabajadores activos, qué decir de los que no trabajan por una remuneración, como el caso que nos ocupa; los jubilados. Ya no es un sueldo. Ya no es una contraprestación por una labor. Es una jubilación (latín Iubilare … jubileo, celebración cristiana donde se impartían indulgencias plenarias). Es un haber para el cual el trabajador realizó sus tareas por 30, 40 o más años. Como fundamento teórico he de incluir la situación a la que se somete a muchos jubilados en cuidado de su salud: se los deriva al PAMI. Algunos quedan en obras sociales menos ruinosas, pero en general se derivan a esa obra social quebrada y no por falta de ingresos. Y se los ve deambular entre médicos de cabecera que dan turnos vaya uno a saber qué semana posterior, de farmacias que cortan los servicios, de clínicas que no los atienden y si los atienden vienen capitados, con cápitas pobres o exiguas, que hacen que las prestaciones sean paupérrimas. Si tenemos suerte un buen médico nos dará un buen morir porque las condiciones son esas. Es decir, a la buena de Dios y pagando una contribución a los servicios insociales y además encima!- impuesto a las ganancias cuyos fondos no tendrán como destino justamente la clase desclasada: los mayores. El consejo de ancianos.

Fundamentos Prácticos

Se dice que a partir de los $38.000 se pagará el impuesto. Bien, sería justo que se hiciera un análisis de la pirámide de ingresos que componen ese excedente. Más del 60% no integra ese tope de la pirámide. Y quienes la integran está en situaciones como Jueces (no tributan porque no tributan); personas que han tenido altos haberes, que posiblemente tributen por otros ingresos y quienes han trabajado más de 40 años, teniendo que seguir cotizando en pasividad sin defensa alguna- luego de esta vida laboral.

En consecuencia, estimo que lo que se recauda de esa masa de jubilados es mínimo y se minimiza aún más con el control que se debe aplicar en las liquidaciones de jubilaciones para producir ese ingreso. Además que se lo somete al jubilado a un nuevo peregrinar en busca de "alguien que sepa" para el cumplimiento de los deberes formales frente al Recaudador (Siradig & demás). Porque en su afán de cumplir, aún el que esté lejos de ese tope, hará todos los trámites que entiende, debe cumplir.

Le genera al jubilado un tema más de conversación por decirlo irónicamente- cuando departe con sus pares, "porqué a vos te descuentan tanto y a mí cuanto"; para decirlo más claro, en realidad, un tema más de angustia. Para resumir; es un impuesto de pobre recaudación en la masa pasiva. ¿Vale la pena? Dice el actual director ejecutivo, poniéndose del lado de los recaudadores y no de la masa de jubilados sobre la cual debe ejercer una suerte de tutela (parece lo deja al defensor de la tercera edad Eugenio Semino solo) que se dejarían de recaudar $7.000.000.000- Es decir algo de $438.000.000 mensuales si lo dividimos en 13 (recordemos que siempre hay alguna excepción sobre el segundo aguinaldo).

¿Qué son esos $7.000 millones? El 3,17 % de los recursos tributarios de Anses y el 0,76% de los recursos de Anses, que totalizan aproximadamente $910.989 millones.
 Ya que todos los cuadros existentes en la página de Anses se refieren a jubilaciones medias, no es posible avanzar en este relacionar de datos, para mayor precisión, pero casi no es necesario.
 No se trata de una pérdida de recursos que ponga en riesgo institucional a la Administración, aunque el tema ingresos / gastos no es el meollo de esta discusión, sino si es justo que se someta al jubilado a esta contribución impositiva.
¿Qué eximir? Solamente las jubilaciones y las pensiones de Veteranos de Guerra de Malvinas.
 No las pensiones (las derivadas de jubilación o directas), ya que quienes la perciben las obtienen a partir de un fallecimiento de quien, si bien estaba exento, en este pase de beneficio, tiene solo la cualidad de mantener el nivel de vida de quien la recibe.

Una observación
No incluiría entre los argumentos que la jubilación debe estar exenta porque quien recibe la jubilación recibe su propio aporte a un seguro dotal vitalicio y ya pagó en aquel momento impuesto a las ganancias, constituyendo así una doble imposición.
 Si bien comparto totalmente el argumento, ya que desde el punto de vista del beneficiario sería un ahorro propio, una fiducia con manda para que me devuelvan esos fondos al final de la vida, suena mucho a sistema de capitalización (ver en YouTube; Perón y las jubilaciones), lo que puede jugar argumentalmente en contra de quien lo sostenga.
 El sistema de reparto sostiene que tantos aportan para que tantos cobren. Lo que no se observa es que el dinero del SIPA, en el Fondo de Sustentabilidad, si crece tanto como dijeron que crece, es porque se les mezquina fondos a los verdaderos beneficiarios, es decir, los jubilados. No se reforma la ley, no se ajustan los tres componentes que conforman el beneficio, no se hace un cálculo más generoso y justo del beneficio inicial, y según mi experiencia, aún con los ajustes semestrales, el salario del activo se va a ir alejando en términos reales del haber del beneficiario.
 Dicho sea de paso, fórmula de ajuste ininteligible para el vulgo, y los no tanto.
.

 

 

PUBLICIDAD