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Casación confirmó la constitucionalidad de la Ley de expulsión de extranjeros

La Sala IV de ese tribunal rechazó un recurso que pretendía la inconstitucionalidad de un artículo en un caso de narcotráfico.
Miércoles, 25 de abril de 2018 10:53

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la constitucionalidad de las condiciones que la legislación argentina establece para la expulsión de extranjeros en situación irregular en el país y que estén condenados a prisión. Lo hizo en un caso de narcotráfico.

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La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la constitucionalidad de las condiciones que la legislación argentina establece para la expulsión de extranjeros en situación irregular en el país y que estén condenados a prisión. Lo hizo en un caso de narcotráfico.

En abril de 2017, Marcelino Guilliano Morris fue sometido a un juicio abreviado y condenado por el Tribunal Oral en lo Penal Económico 2 a cuatro años y seis meses de prisión como “autor del delito de contrabando, en grado de tentativa, agravado por tratarse de estupefacientes inequívocamente destinados a la comercialización”.

Su defensa presentó un recurso para pedir la inconstitucionalidad del artículo 64 de la Ley de Migraciones en cuanto exige que se cumpla la mitad de la pena para que el condenado acceda a la expulsión anticipada del país. Los sucesivos abogados defensores alegaron que el requisito es incompatible con la finalidad de reinserción social de la pena. Explicaron, entre otras cosas, que la mitad de la pena es el momento en que la sanción comienza a tener efectos resocializadores

Es constitucional

El caso llegó a la Cámara de Casación, donde la sala IV rechazó el planteo. En un fallo firmado por los jueces Mariano Hernán Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos, el tribunal consideró que la norma cuestionada es constitucional.

En su voto, el juez Borinsky sostuvo que la defensa “no logró demostrar que la decisión política del órgano legislativo plasmada en la norma, sea violatoria de algún derecho o principio fundamental positivizado y garantizado por la Constitución Nacional”.

A su vez, tanto Borinsky como el juez Hornos en sus votos coincidieron en que la resocialización no es la única finalidad de la pena. “Cuestiones de prevención general y retributivas que también integran la teleología punitiva”, explicaron. El Gemignani adhirió a sus argumentos.

De esta manera, el Tribunal -por unanimidad ratificó la validez constitucional de la Ley de Migraciones en cuanto regula las condiciones de expulsión de los extranjeros que se encuentren cumpliendo penas privativas de la libertad.

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