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Confirmaron un nuevo procesamiento a Reynoso

Al exjuez federal de Orán le imputan ahora los delitos de cohecho, prevaricato y falsificación de documento público.
Jueves, 28 de junio de 2018 00:00

El exjuez federal de Orán Juan Raúl Reynoso acumuló otro procesamiento a las numerosas causas que se ventilan en su contra a partir de 2015. En esta oportunidad, la Cámara Federal de Apelaciones de Salta confirmó una imputación por los delitos de cohecho, prevaricato y falsificación de documento público, en el marco de la investigación impulsada por la Fiscalía Federal N§ 2 y la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar). Se trata de nuevos hechos atribuidos a la organización ilícita que lideraba el exmagistrado norteño. Reynoso está siendo juzgado desde septiembre de 2017, junto a cuatro abogados, dos empleados del juzgado y una mujer, en una causa donde se lo imputa de ser el jefe de una asociación ilícita creada para favorecer con sus resoluciones a narcotraficantes a cambio de dinero y/o dávida.

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El exjuez federal de Orán Juan Raúl Reynoso acumuló otro procesamiento a las numerosas causas que se ventilan en su contra a partir de 2015. En esta oportunidad, la Cámara Federal de Apelaciones de Salta confirmó una imputación por los delitos de cohecho, prevaricato y falsificación de documento público, en el marco de la investigación impulsada por la Fiscalía Federal N§ 2 y la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar). Se trata de nuevos hechos atribuidos a la organización ilícita que lideraba el exmagistrado norteño. Reynoso está siendo juzgado desde septiembre de 2017, junto a cuatro abogados, dos empleados del juzgado y una mujer, en una causa donde se lo imputa de ser el jefe de una asociación ilícita creada para favorecer con sus resoluciones a narcotraficantes a cambio de dinero y/o dávida.

En su resolución, los jueces tuvieron por acreditado que Delfín Reynaldo Castedo Aguilar, detenido por una investigación que lo señalaba como líder de una asociación ilícita dedicada al tráfico de estupefacientes, pagó dádivas a Reynoso para evitar su detención. A través de su abogado, en noviembre de 2013, Castedo Aguilar obtuvo su eximición de prisión a pesar de que pesaba sobre él una orden de captura de la Justicia provincial por el homicidio de Liliana Ledesma. Luego, en noviembre de 2014, se dictó un auto de mérito sin prisión preventiva que lo sometía a proceso imputado por conductas de narcocriminalidad y lavado de activos. Los camaristas consideraron que la declaración indagatoria de Castedo, el 5 de diciembre de 2013, ante Reynoso fue falsificada ideológica y materialmente, toda vez que la firma inserta en el acta no le pertenecía al imputado. En tal sentido los jueces sostuvieron que "las incongruentes y forzadas resoluciones que el exjuez dictó en la causa Castedo solo se explican en un contexto de favorecimiento delictivo al líder de la banda que se investigaba en la causa 52000148/2006, y para ello era necesario que se le reciba declaración indagatoria en la sede del Juzgado de Orán". Agrega la resolución que esto "evidentemente para Castedo no era una opción atento que tenía un pedido de captura vigente de la Justicia provincial, aun a pesar de la garantía de impunidad con la que ya contaba a partir de la consumación del cohecho al juez de su causa federal".

La Cámara Federal tuvo por probado que Reynoso hizo lugar una medida autosatisfactiva que le permitió a Pablo Elías Torres ingresar mercadería al país pese a las restricciones aduaneras existentes, la que se concretó luego de que el peticionante presentara un escrito mediante el que se comprometía "a aportar a favor de la Fundación Esperanza para una Vida Mejor un 5% de los beneficios económicos" que obtenía por su actividad comercial". La cámara consigna que "este ofrecimiento, más allá de ser sorprendente por sí mismo, evidencia su real significado cuando se analiza bajo las circunstancias en las que se produjo". Y agrega que "lo desopilante de la oferta es que fue realizada a favor de una fundación en la que (Arsenio) Gaona, cuñado del ex juez Reynoso, integraba la comisión directiva".

“Resultado de un accionar espurio”

La Cámara Federal también confirmó la responsabilidad de Reynoso por la devolución de dinero secuestrado en diferentes causas por contrabando de divisas. “La decisión de entregar el dinero incautado no se trató de un simple yerro judicial a partir de un disímil criterio sobre la materia, tal como lo dejó entrever el propio imputado Raúl Juan Reynoso al sostener que se lo estaba juzgando por el contenido de sus resoluciones, sino que configura provisoriamente el delito de prevaricato”. A la luz de las demás irregularidades observadas en esta causa y otras en las que se acreditó de forma provisoria el accionar delictivo de la asociación que se le imputa, la Cámara emitió un juicio categórico. Señala que de lo expuesto permite inferir que las erradas decisiones de entregar el dinero secuestrado, sin requerirle opinión previa a la fiscalía y, luego, sin proveer fundadamente el expreso pedido del acusador público de que se resguarde el interés del fisco. Sostiene que todo esto es “el resultado de un obrar espurio, lo que permite tener por acreditada, con el grado de probabilidad exigido para la etapa, la responsabilidad penal de Reynoso”.
 

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