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Argentina, ¿un Estado laico?

Sabado, 18 de agosto de 2018 00:00

El debate por la legalización del aborto en el Parlamento puso sobre la mesa una discusión más amplia y postergada en la Argentina: la relación entre el Estado y la Iglesia Católica. El artículo 2 de la Constitución Nacional establece: "El Gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano". Un artículo que permanece en nuestra normativa desde 1853 y que genera una controversia respecto del estatus que confiere a nuestro Estado: ¿Es Argentina un Estado confesional o es un Estado laico?

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El debate por la legalización del aborto en el Parlamento puso sobre la mesa una discusión más amplia y postergada en la Argentina: la relación entre el Estado y la Iglesia Católica. El artículo 2 de la Constitución Nacional establece: "El Gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano". Un artículo que permanece en nuestra normativa desde 1853 y que genera una controversia respecto del estatus que confiere a nuestro Estado: ¿Es Argentina un Estado confesional o es un Estado laico?

La respuesta es simple: los obispos y otros miembros eclesiásticos no son autoridades normativas reconocidas en la Constitución Nacional. El texto sancionado en 1853 reflejó la importante presencia del catolicismo en la etapa de la organización nacional. Ya desde ese entonces el artículo 2 establecía: "El Gobierno federal sostiene el culto católico, apostólico, romano". Se sumaba a este el artículo 76, en el que se establecía como requisito para ser presidente pertenecer a esa religión. Para la toma de posesión del cargo se fijó en el artículo 80 el juramento "por Dios Nuestro Señor y estos Santos Evangelios". El artículo 67, inciso 15 establecía entre las atribuciones del Congreso la de "conservar el trato pacífico con los indios y promover la conversión de ellos al catolicismo".

Poco tiempo después, en la denominada generación del 80, se produjeron los primeros hitos de separación del Estado con la Iglesia por medio de la creación del Registro Civil de la Nación, ya que hasta ese momento los nacimientos, los casamientos y las defunciones se registraban en las parroquias. Esto produjo una tensión importante entre gobierno y clero.

Pero la escisión fue más allá y la Iglesia también perdió el monopolio de la educación: en 1884 se sancionó la ley general de educación laica y gratuita 1420, que significó un paso trascendente en la educación garantizada como un derecho desde el Estado. En esta etapa se llegó incluso a la ruptura con la Santa Sede.

La aparición del radicalismo en la escena política profundizó el laicismo en muchas de las políticas públicas desde sus gobiernos. El hecho más resonante fue sin dudas dar apoyo a la reforma universitaria de 1918, cuya consecuencia fue una universidad laica, gratuita y cogobernada. Hasta ese entonces estaba dominada por la Iglesia y sectores reaccionarios y conservadores.

A eso siguió la ley de divorcio, primero en el segundo gobierno de Juan D. Perón y luego durante el gobierno de Raúl Alfonsín, que generó el hecho inédito de movilizar por primera vez en la historia a la Virgen de Luján en contra de un gobierno democrático.

El texto constitucional que rige actualmente, sancionado en 1994, mantuvo la letra del artículo 2, pero eliminó el requisito de profesar el culto católico para ser presidente de la nación, la fórmula de juramento con contenido religioso y las normas referidas al patronato.

Volviendo al artículo 2, podemos preguntarnos, ¿cómo el Gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano? Esto ha sido entendido por la jurisprudencia de la Corte Suprema de la Nación como una obligación de apoyo económico. Sin embargo, no considero que el Estado esté obligado a pagar los sueldos de los miembros del clero, cuyas asignaciones fueron establecidas por decretos-leyes de la última dictadura militar. Que el templo no se meta en el Estado, porque eso es clericalismo, pero también que el Estado no se meta en el templo intentando reprimir la fe religiosa, que sería totalitarismo. El laicismo es entonces una cultura de tolerancia y convivencia pacífica de la política y las religiones. El Estado es de todos, por eso no puede ser de una religión en particular.

 

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