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Debutó en la Cámara de Casación un caso salteño

Bajo el sistema acusatorio, en los tribunales de Comodoro Py se resolvió en contra de una apelación del fiscal Villalba.
Sabado, 23 de noviembre de 2019 00:18

En el edificio de tribunales de la avenida porteña Comodoro Py, el miércoles pasado la Cámara Federal de Casación Penal realizó la primera audiencia bajo el nuevo Código Procesal Penal, que desde el 10 de junio pasado está vigente en las dependencias federales de la capital salteña, Orán, Tartagal y San Salvador de Jujuy a modo de prueba para luego extenderlo, de manera paulatina, en el resto de las jurisdicciones del país.

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En el edificio de tribunales de la avenida porteña Comodoro Py, el miércoles pasado la Cámara Federal de Casación Penal realizó la primera audiencia bajo el nuevo Código Procesal Penal, que desde el 10 de junio pasado está vigente en las dependencias federales de la capital salteña, Orán, Tartagal y San Salvador de Jujuy a modo de prueba para luego extenderlo, de manera paulatina, en el resto de las jurisdicciones del país.

La Cámara de Casación atendió una apelación que se presentó desde Salta contra la sentencia absolutoria dictada en un caso por posible encubrimiento de contrabando de mercadería.

La audiencia fue presidida por la jueza Ana María Figueroa, pero no tuvo mucho trabajo ya que el titular de la Fiscalía N´ 1 ante la Cámara Federal de Casación Penal, Mario Alberto Villar, desistió de la impugnación que había sido presentada por el fiscal salteño Eduardo José Villalba, quien es Coordinador del Distrito Federal de Salta.

El caso, que parece ya cerrado, se resolvió en todas las instancias, desde que se produjo el hecho hasta la última resolución, en solo cuatro meses gracias a las virtudes del nuevo sistema acusatorio. Con el anterior código procesal, bajo el sistema inquisitivo, la causa aún estaría durmiendo bajo pilas de expedientes y, seguramente, quienes fueron imputados aún estarían penando por conocer su situación ante la Justicia.

El hecho ocurrió el 19 de julio en un puesto de control fijo de la ruta provincial 5, en Las Lajitas. Allí, en un control de rutina, personal de Gendarmería retuvo a un auto y un camión con semirremolque que llevaba una gran cantidad de bultos que supuestamente contenían prendas de vestir del rubro "tienda" lo que se estimó constituía un posible delito aduanero.

El fiscal Villalba imputó a los dos choferes de los vehículos por el delito de encubrimiento de contrabando de mercadería en carácter de autor a uno y de cómplice necesario al otro. El 26 de septiembre, la jueza Marta Liliana Snopek, del Tribunal de Juicio del Distrito Federal de Salta, absolvió a los acusados por beneficio de la duda en virtud de que el fiscal no había logrado demostrar cuál era el origen de la mercadería ni que proviniese de un contrabando, situación que debilitó su caso.

Según lo resuelto, tampoco pudo demostrar que las prendas secuestradas en el camión hayan sido falseadas, pirateadas o provenientes del extranjero con el grado de certeza requerido para dictar una sentencia de condena.

El trámite en Casación fue desarrollado en tan sólo 16 días y el Tribunal de Juicio de Salta también dictó sentencia absolutoria en 15 días desde el ingreso de las actuaciones a esa sede. Una muestra de que se vienen nuevos aires para la Justicia nacional, al menos en algo tan básico como la celeridad que se le pide. Y los cambios llegan desde el norte ar gentino.

Comparaciones

Bajo el anterior código que regía en la Justicia Federal de Salta los procesos traccionan a un verdadero paso de tortuga. 

Aún quedan casos que se deben juzgar con el anterior sistema, como el de la causa Matías Huergo. 

El multifacético empresario salteño fue imputado por fraude al Estado (expediente en el que también se involucran en las escuchas telefónicas funcionarios municipales y provinciales) y por la emisión de facturas truchas. 

El destino del caso

El titular del Juzgado Federal Nº 1 de Salta, Leonardo Bavio, declaró la incompetencia de su fuero para la primera y más importante acusación, la de fraude, y solo se quedó con los presuntos delitos en infracción a la ley penal tributaria.

Esa resolución fue apelada y ahora está en manos de la Cámara Federal de Casación Penal, donde todavía duerme el “sueño de los justos”. 

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