Los pasaportes de los menores de edad en la Argentina tendrán ahora una validez de cinco años, en tanto que para los mayores se mantiene el vencimiento a los 10 años, y los de personas refugiadas tendrán una vigencia mayor, mientras que los extranjeros deberán nacionalizarse para obtener este tipo de documento, informó hoy el Ministerio del Interior.
La modificación hecha a través de un decreto "se realizó teniendo en cuenta recomendaciones internacionales para poder tener un registro oportuno de los cambios fisonómicos de los menores que ayudará a fortalecer los controles de frontera", señaló el organismo en un comunicado. Además, decidió que todos los pasaportes ya expedidos serán válidos hasta su fecha de vencimiento.
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Los pasaportes de los menores de edad en la Argentina tendrán ahora una validez de cinco años, en tanto que para los mayores se mantiene el vencimiento a los 10 años, y los de personas refugiadas tendrán una vigencia mayor, mientras que los extranjeros deberán nacionalizarse para obtener este tipo de documento, informó hoy el Ministerio del Interior.
La modificación hecha a través de un decreto "se realizó teniendo en cuenta recomendaciones internacionales para poder tener un registro oportuno de los cambios fisonómicos de los menores que ayudará a fortalecer los controles de frontera", señaló el organismo en un comunicado. Además, decidió que todos los pasaportes ya expedidos serán válidos hasta su fecha de vencimiento.
- También se estipuló que los pasaportes para personas apátridas y refugiadas aumentarán su período de vigencia de uno a dos años.
"De esa manera, Argentina compatibiliza su legislación con la Convención sobre el estatuto de los Refugiados de 1951 y la Convención sobre el estatuto de los Apátridas de 1954", explicó el parte oficial.
- Asimismo, se estableció que el Registro Nacional de las Personas emitirá pasaportes excepcionales con una validez de dos años a los ciudadanos extranjeros que "acrediten cuestiones humanitarias o de fuerza mayor, independientemente si tienen representación consular en nuestro país".
- Otra de las modificaciones es que a partir de esta decisión todas las personas extranjeras que quieran tener pasaporte argentino deberán realizar la nacionalización, que consta de un trámite administrativo o judicial dependiendo de si son familiares directos de ciudadanos argentinos o no.
Hasta el momento, el Estado Nacional estaba obligado a emitir el documento de viaje argentino a extranjeros con o sin representación consular en nuestro país, así como también a cónyuges, viudos e hijos extranjeros menores de edad de ciudadanos argentinos, sin estar nacionalizados.