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Tras la demora, el Gobierno promulgó la ley de emergencia económica

La nueva normativa se publicó esta tarde en el Boletín; entran en vigor las medidas anunciadas.
Lunes, 23 de diciembre de 2019 18:22

Tras la demora en la oficialización del paquete de medidas de Alberto Fernández, el Gobierno publicó esta tarde en el Boletín la ley de emergencia económica con "veto parcial".

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Tras la demora en la oficialización del paquete de medidas de Alberto Fernández, el Gobierno publicó esta tarde en el Boletín la ley de emergencia económica con "veto parcial".

Luego de que el Congreso le diera un tratamiento exprés y sancionara la ley el sábado a la madrugada, se esperaba que hoy la ley de solidaridad social y reactivación productiva fuera promulgada por el Poder Ejecutivo durante la madrugada. Pero eso no ocurrió y la publicación se estiró hasta pasadas las 17.30.


La ley contempla una serie de cambios en las facultades que tiene el Poder Ejecutivo para administrar el Estado en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.

La ley contempla una serie de cambios en las facultades que tiene el Poder Ejecutivo para administrar el Estado en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.

En el mismo sentido se manifestó el economista Gustavo Lazzari, quien en su cuenta de Twitter sentenció que “cuando tenés 15 valores para el dólar quiere decir que no tenés ninguno para el peso". En resumen: el aumento de la cotización de la moneda norteamericana representa, en verdad, la constante erosión del valor de la moneda argentina.


La emergencia fue promulgada esta tarde por el presidente Alberto Fernández y publicada en el Boletín Oficial. Así, las medidas rigen desde hoy.

Ejes principales

Tarifas y deudas: Prevé la reestructuración general del cuadro tarifario del sistema energético con "criterios de equidad distributiva y sustentabilidad productiva", y establece "planes de regularización de deudas" para pymes".

Jubilaciones: Suspende la aplicación de la movilidad jubilatoria por 180 días y aplica un nuevo régimen de calculo. Alega fines "redistributivos y solidarios".

Compras en dólares: Grava con el 30% la compra de dólares para atesoramiento, las compras con tarjetas de crédito y débito en el exterior, las compras a través de sitios que facturen en dólares, compra de servicios en el exterior y compra de pasajes al exterior.

Bienes Personales: Aumenta los porcentajes de las alícuotas y las lleva al nivel de 2015 y duplica el cargo cuando los bienes se encuentran en el extranjero.
Vehículos: Se reemplazará el sistema de alícuota única para autos, motos, embarcaciones y aeronaves.

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