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Confirmaron la semilibertad y las salidas transitorias de Aldana Leiseca

Fue declarada inadmisible la apelación contra la resolución que le otorgó los beneficios de semilibertad y salidas transitorias. Adana Leiseca fue condenada por el homicidio de Sabrina Berton, ocurrido en 2015. Los beneficios "todavía no se encuentran en curso debido a la pandemia causada por el Covid-19 y a un pedido de cambio de empleador”.
Viernes, 23 de octubre de 2020 18:27

Fue declarado inadmisible el recurso de apelación presentado por el Fiscal Penal de Graves Atentados contra las Personas 2, Ramiro Ramos Ossorio contra la decisión del Juzgado de Ejecución y Detenidos de Primera Nominación que le otorgó a la condenada Aldana Alejandra Leiseca los beneficios de semilibertad y salidas transitorias.

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Fue declarado inadmisible el recurso de apelación presentado por el Fiscal Penal de Graves Atentados contra las Personas 2, Ramiro Ramos Ossorio contra la decisión del Juzgado de Ejecución y Detenidos de Primera Nominación que le otorgó a la condenada Aldana Alejandra Leiseca los beneficios de semilibertad y salidas transitorias.

Aldana Leiseca fue condenada en septiembre de 2015 a 8 años de prisión por el homicidio de Sabrina Berton, ocurrido el 14 de marzo de 2008

El juez de la Sala I del Tribunal de Impugnación Luciano Martini dijo que “el recurso fiscal carece de la exposición de un agravio específico, concreto y atendible, toda vez que su presentación es claramente contrario a una actuación anterior del propio recurrente y, por ende, determina la carencia de todo interés”.

  • Y recordó que el Ministerio Público Fiscal, primero, se pronunció a favor de que se otorguen los beneficios de semilibertad y salidas transitorias a la interna Leiseca, “para, luego, peticionar la revocación de esa solución jurídica, invocando cuestiones formales que, bajo ningún aspecto, alcanzan para considerar como compatibles ambas presentaciones. 
  • “Por lo tanto, al no resultar jurídicamente posible, ante la propia actuación del recurrente, mejorar su situación vía modificación, sustitución, anulación o revocación del fallo impugnado, la presentación bajo examen resulta formalmente inadmisible”, apuntó el juez.

Pero además marcó que “los beneficios todavía no se encuentran en curso de ejecución debido a la pandemia causada por el Covid-19 y a un pedido de cambio de empleador”, por lo que se dispuso que el Juez de Ejecución reitere la notificación cursada a los familiares de la víctima, con copia íntegra del fallo.

El fiscal se expidió en el trámite en el Juzgado de Ejecución en forma favorable a la concesión del beneficio al considerar que la interna lleva cumplido más de la mitad de la condena, carece de sanciones disciplinarias y cuenta con espacio laboral comprobado. A la vez que valoró que los informes multidisciplinarios le son favorables, lo que motivó que el Consejo Correccional dictamine a favor de la concesión de los beneficios.

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