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Respuestas por el IFE y el pago de sueldos

Consultorio de la Seguridad social.
Domingo, 07 de junio de 2020 02:01

Roberto Castillo (Orán): Hace poco pude cobrar el IFE a través de Red Link. ¿Puede informar sobre el próximo pago?

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Roberto Castillo (Orán): Hace poco pude cobrar el IFE a través de Red Link. ¿Puede informar sobre el próximo pago?

Buen día Roberto. El viernes se oficializó mediante un decreto el pago de una segunda cuota del IFE. De nuevo serán $10.000 que se abonarán a las mismas personas que cobraron la primera cuota y se van a incorporar a aquellos que habiéndose inscripto oportunamente fueron denegados, pero pudieron modificar y aportar los datos que los dejaban afuera. No habrá nuevas inscripciones.

En esta oportunidad, el calendario de pagos será más compacto y transparente. Comienza este lunes 8 de junio con el pago a titulares de AUH, hasta el 22 inclusive. Luego vendrá el turno de quienes tienen activa una cuenta bancaria (CBU). Para aquellos beneficiarios que, como Ud., no tenían cuenta en un banco, está previsto que los bancos les abran una cuenta gratuita y les den una tarjeta de débito para retirar por cajero o hacer compras. De esta forma, además de bancarizar a miles de argentinos, mayormente en la informalidad, se da mayor seguridad al pago, evitando posibles fraudes. Seguramente lo van a contactar hacia la última semana de junio a través de mensaje de texto o correo electrónico por la apertura de cuenta.

Julieta González (Embarcación): En mi trabajo recibimos el beneficio que da el Gobierno del ATP. Estoy preocupada porque mi empleador me pide una parte. Dice que es por los aportes. ¿Puede ser esto?

Buen día Julieta. Más de dos millones de trabajadores recibieron el salario complementario que ofrece el Programa Asistencia de Emergencia al Trabajo y a la Producción, conocido como ATP. Se trata de un ambicioso esquema para proteger los empleos y la actividad económica durante la pandemia. En estos días se está pagando con los salarios de mayo una cobertura del 50% que está entre uno y hasta dos salarios mínimos ($33.750). Además, las empresas están accediendo a un plan de facilidades de pago de AFIP para cancelar las contribuciones patronales de marzo, abril y mayo. El dinero que recibió del Estado en su cuenta sueldo es parte de su salario y de ninguna manera está Ud. obligada a reintegrarle una parte a su empleador porque no corresponde.

Orlando Pérez (Capital): Quedé sin trabajo. Quisiera consultarle hasta cuándo tengo tiempo para pedir el seguro por desempleo.

Buen día Orlando. El trámite para el seguro por desempleo es personal y con turno. De acuerdo a la normativa vigente, el trabajador cuenta con 90 días hábiles para solicitar el seguro por desempleo desde la fecha en que se produjo la ruptura de la relación laboral. Después de ese plazo hay un descuento de 1 día de prestación por cada día hábil transcurrido de mora. Sin embargo, este descuento se ha suspendido momentáneamente en el marco de la COVID-19 porque la red de Atención de Anses no está atendiendo turnos. Se espera que en breve ya pueda gestionarlo.

Olga Bazán (Capital): Me dejaron de pagar la AUH por mi hijo. ¿A qué puede deberse y si se puede hacer algo?

Buen día Olga. Hay varios motivos que pueden explicar la suspensión. En primer lugar, si alguno de los progenitores del menor comienza a trabajar en relación de dependencia entonces dejará de recibir la AUH y pasan a las asignaciones familiares. Hay que tener en cuenta que los ingresos mensuales no deben superar el salario mínimo, vital y móvil ($16.875). Sugiero chequear en la página web de Anses, con clave de seguridad social, en la sección "Mi Anses" las fechas de nacimiento que están consignadas: recuerde que las asignaciones universales y familiares se pagan hasta el mes en que el menor cumple los 18 años (la excepción es para los hijos con alguna discapacidad, en ese caso no hay límite de edad). Puede ocurrir que haya un error en la fecha de nacimiento y que finalice la cobertura de manera errónea. Más habitual es que esté pendiente de presentación la libreta que acredite el cumplimiento de las condiciones de salud y educación del menor.

 

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