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Media sanción a la creación de juzgados contravencionales

El Senado aceleró el tratamiento por los cuestionamientos al DNU 255.
Viernes, 17 de julio de 2020 01:48

El Senado provincial otorgó ayer media sanción a la ley que modifica el Código Contravencional y dispone la creación de cinco tribunales específicos para el juzgamiento de contravenciones. Dos estarán en el Distrito Judicial Centro con sede en la Capital, uno en el Distrito Judicial Orán, uno en el Distrito Judicial Rosario de la Frontera y uno en el Distrito Judicial Tartagal.

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El Senado provincial otorgó ayer media sanción a la ley que modifica el Código Contravencional y dispone la creación de cinco tribunales específicos para el juzgamiento de contravenciones. Dos estarán en el Distrito Judicial Centro con sede en la Capital, uno en el Distrito Judicial Orán, uno en el Distrito Judicial Rosario de la Frontera y uno en el Distrito Judicial Tartagal.

La creación de estos juzgados se aceleró por los fuertes cuestionamientos que se vienen manifestando en contra del DNU 255, convertido en ley 8191, por las facultades que se otorgó a la Policía para sancionar a ciudadanos que transgreden medidas sanitarias, sin intervención judicial ni acceso a una defensa técnica.

Esta carta en blanco, que la jerga popular caracteriza como superpoderes, derivó en graves e inentendibles excesos policiales, que vienen siendo denunciados desde diversos puntos de la provincia.

No obstante, durante el debate legislativo no se mencionó si a partir de la creación de los juzgados contravencionales quedará derogada la facultad que el polémico DNU 255 otorga al jefe de Policía para sancionar faltas en contra de las medidas sanitarias.

Al anunciar que se estaba elaborando la ley que posibilite el funcionamiento de juzgados específicos para contravenciones, el vicegobernador Oscar Marocco había señalado que en función de ello "dentro de poco van a decir que el decreto 255 queda sin efecto".

Los cambios

De todas maneras, entre las modificaciones efectuadas al Código Contravencional, en el título Contravenciones Contra la Seguridad Pública, al artículo 60, que dispone que será sancionado con arresto de hasta 30 días o multa de hasta 30 días, siempre que tales conductas no constituyan delitos, se agregó un inciso relacionado con situaciones de emergencias sanitarias.

El texto incluido como inciso f) establece que será pasible de esta sanción quien "omita el cumplimiento de las normas dictadas por la autoridad competente en el marco de la declaración de emergencia sanitaria a raíz de una epidemia o pandemia relacionadas con la prevención de las enfermedades transmisibles".

La senadora por La Caldera, Silvina Abilés, remarcó en el recinto que con este paso se dará cumplimiento a lo ya establecido en el Código Contravencional de la Provincia y puntualizó la necesidad de crear tribunales específicos.

La legisladora hizo notar que en la actualidad el juzgamiento recae en los jueces penales, quienes deben cumplir doble función, y puntualizó que en la actualidad existe un alto porcentaje de causas contravencionales que están paralizadas.

Tras mencionar situaciones contravencionales que dan lugar al secuestro de animales y vehículos, actuaciones por fiestas clandestinas, ruidos molestos, Abilés puntualizó que la policía actuará como auxiliar de los jueces contravencionales.

La iniciativa fue aprobada por unanimidad en la Cámara Alta y pasó a la Cámara de Diputados en revisión.

Algunos detalles

Durante el análisis del proyecto que se realizó en el Senado también participaron diputados y se estima que la ley será sancionada por la Cámara Baja en las próximas sesiones.
La competencia territorial de los juzgados comprenderá el mismo territorio asignado a cada una de las Unidades Regionales de la Policía de la Provincia.
Para ser juez de Contravenciones se requerirán iguales condiciones que las que establece la Constitución Provincial para los magistrados de primera instancia.
 
 

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