¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

25°
26 de Abril,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

Servicios judiciales de excepción en Orán

Lo dispuso la Corte de Justicia a través de una acordada.
Martes, 07 de julio de 2020 02:15

Por la pandemia, la Corte salteña de Justicia emitió una acordada delimitando los servicios que continuarán prestándose en el distrito de Orán mientras dure la cuarentena, y en forma independiente al retorno a la fase 1 que fue dispuesta desde este último fin de semana para ese departamento del norte de la provincia.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

Por la pandemia, la Corte salteña de Justicia emitió una acordada delimitando los servicios que continuarán prestándose en el distrito de Orán mientras dure la cuarentena, y en forma independiente al retorno a la fase 1 que fue dispuesta desde este último fin de semana para ese departamento del norte de la provincia.

Por acordada 13.144, la Corte de Justicia de Salta dispuso la prestación de un servicio de justicia excepcional en la emergencia por razones sanitarias en el Distrito Judicial Orán, mientras las circunstancias epidemiológicas así lo requieran.

Asuntos

Durante este período se tramitarán las materias establecidas en el artículo 46 de la ley orgánica del Poder Judicial y también los siguientes asuntos: a) pago de créditos alimentarios en los procesos de familia; b) pago créditos laborales; c) pago de indemnizaciones por daños y perjuicios; d) pago de honorarios profesionales de letrados o auxiliares de la Justicia; e) en aquellos casos en que se requiera la urgente tramitación de expedientes, para lo cual deberán exponer los fundamentos que ameriten su presentación.

Los jueces también podrán tramitar asuntos peticionados por mandatarios o letrados cuando consideren que las circunstancias del caso o las constancias lo justifiquen, con arreglo a los principios de acceso a la jurisdicción y tutela judicial efectiva.

Las presentaciones de los abogados seguirán realizándose a través de las mesas de entradas virtuales de todos los tribunales y juzgados del Distrito Judicial Orán.

Se dejó establecido, asimismo, que para garantizar el cumplimiento de los actos procesales urgentes e imprescindibles podrán concurrir presencialmente a los edificios judiciales únicamente los jueces y funcionarios de los tribunales y juzgados, siempre que no estuvieran comprendidos en la denominada población de riesgo. Quienes concurran deberán observar las medidas de higiene y salubridad dispuestas por las autoridades sanitarias.

 

Aislamiento

Los jueces, funcionarios y empleados dispensados de concurrir a trabajar deberán permanecer en el lugar de residencia, cumpliendo con el aislamiento social preventivo y obligatorio vigente, a disposición del Poder Judicial y bajo apercibimiento de incurrir en falta grave.

Mientras dure la situación de excepción, los agentes del Poder Judicial prestarán servicio de manera remota, con excepción de aquellos que serán afectados a trabajo presencial.

x

x

 

PUBLICIDAD