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Ordenan a la obra social provincial brindar cobertura total e integral a una niña

Además, en el mismo fallo, se ordenó a la obra social provincial cumplir con las obligaciones impuestas en casos análogos.
Jueves, 14 de octubre de 2021 12:13

La Corte de Justicia de Salta confirmó la sentencia que ordenó al Instituto Provincial de Salud de Salta proveer a una niña la cobertura total e integral de las prestaciones prescriptas por los profesionales que la atienden respecto de terapias fonoaudiológicas, psicopedagógicas, psicomotrices, ocupacionales, de floor time, enfermería, maestras integradoras y de todos los gastos de tratamientos médicos y terapéuticos, de traslados y de derivaciones que sean necesarios en el futuro, a valores actuales y reales según la Ley de Discapacidad. 

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La Corte de Justicia de Salta confirmó la sentencia que ordenó al Instituto Provincial de Salud de Salta proveer a una niña la cobertura total e integral de las prestaciones prescriptas por los profesionales que la atienden respecto de terapias fonoaudiológicas, psicopedagógicas, psicomotrices, ocupacionales, de floor time, enfermería, maestras integradoras y de todos los gastos de tratamientos médicos y terapéuticos, de traslados y de derivaciones que sean necesarios en el futuro, a valores actuales y reales según la Ley de Discapacidad. 

En el mismo fallo se ordenó a la obra social provincial cumplir con las obligaciones impuestas en casos análogos.

Puntualizaron los jueces que “el derecho a la preservación de la salud es una obligación impostergable que tiene la autoridad pública, quien debe garantizar ese derecho con acciones positivas” por lo que “la prestación requerida debe ser integral y el IPS está obligado a brindar la cobertura con los alcances indicados a sus afiliados.”

Sobre el cuestionamiento respecto que la sentencia dictada en el amparo contiene “una condena a futuro”, dijeron los jueces de la Corte de Justicia que “ello obedece a la necesidad de evitar la interrupción de los variados tratamientos que la patología de la niña impone. Es decir, se busca evitar que la salud de (de la niña) pueda quedar en un eventual estado de peligro por la falta de cobertura de las prestaciones que en el futuro prescriban los facultativos”, sin excluir ello las facultades de control propias de la obra social.

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