¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

18°
29 de Marzo,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

Una empresa deberá presentar un plan para proveer agua a Mosconi y Tartagal

Cosaysa SA fue condenada por la jueza Griselda Nieto a presentar un plan que provea de agua potable a ambas localidades durante los próximos cinco años. 
Lunes, 17 de mayo de 2021 11:45

La Compañía Salteña de Agua y Saneamiento S.A. (Cosaysa SA) fue condenada por la jueza de primera instancia en lo Civil y Comercial 1 de Tartagal, Griselda Nieto, a presentar hasta el próximo 21 de septiembre un plan de provisión de agua potable para General Mosconi y Tartagal, con control público de ejecución para la suficiente provisión de agua potable domiciliaria para los próximos cinco años. 

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

La Compañía Salteña de Agua y Saneamiento S.A. (Cosaysa SA) fue condenada por la jueza de primera instancia en lo Civil y Comercial 1 de Tartagal, Griselda Nieto, a presentar hasta el próximo 21 de septiembre un plan de provisión de agua potable para General Mosconi y Tartagal, con control público de ejecución para la suficiente provisión de agua potable domiciliaria para los próximos cinco años. 

Fue como resultado de una acción de amparo promovida por vecinos de General Mosconi, con intervención de la Fiscalía Civil, Comercial y Laboral en el ejercicio del control de la legalidad, y de la Asesoría de Incapaces 1 de Tartagal en representación de las personas con capacidades restringidas o menores afectados por la situación. 

El proceso colectivo se originó ante el “incumplimiento sistemático e injustificado de la empresa demandada” de sus obligaciones de “proveer en debida forma agua potable en las condiciones exigidas por el código alimentario argentino”, cuya falta amenaza “con arbitrariedad e ilegalidad manifiesta los derechos y garantías contemplados y amparados por nuestra Constitución Provincial, Nacional y especialmente en Tratados Internacionales de rango Constitucional”.

El Asesor de Incapaces 1, Juan José Andreu, remarcó en el proceso que está “en juego el derecho al agua potable y a la salud de las personas, de los niños, niñas y adolescentes y personas con capacidad restringida que se encuentren involucrados, derechos de raigambre constitucional. (…) Los niños y adolescentes tienen necesidades específicas de cuidados físicos, atención emocional y orientación cuidadosa, todo ello englobado por el derecho a la vida, a la salud a su desarrollo y dentro de ello suele ser un tema trascendental al acceso al agua potable”. 

Andreu remarcó que la empresa de Aguas “no está dando cumplimiento con sus obligaciones, no siendo una cuestión menor los requerimientos que planea la pandemia por Covid-19. Por lo que estima corresponde hacer lugar a la acción ordenando la regulación del servicio de agua potable, debiendo en el ínterin proveer de bidones, camiones cisternas de manera preventiva, hasta la normalización de la prestación, bajo apercibimiento de girar las actuaciones a la justicia penal por desobediencia judicial”.

La jueza Nieto determinó que Cosaysa S.A deberá contemplar en su plan: proyectos y construcción de infraestructura adecuada con mejoras de la presión y caudal del agua de la red; estudios de nuevas fuentes de captación como alternativas para la sustentabilidad de la provisión; control de derrames de agua; minimización de cortes o interrupción del servicio con suficiente difusión sobre el mismo y un esquema de atención satisfactoria del usuario del Departamento San Martín. 

Finalmente, dispuso fijar audiencia pública con la empresa, amparistas, Ente Regulador de los Servicios Públicos, Ministerio Público Fiscal y Ministerio Público Pupilar a realizarse el 1 de octubre y el 1 de marzo de cada año, con modalidad a establecer, para considerar el plan de provisión de agua potable, sus avances y resultados.

Temas de la nota

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

Temas de la nota

PUBLICIDAD