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16 de Mayo,  Salta, Centro, Argentina
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Una auditoría que controle

Jueves, 01 de julio de 2021 02:08

La reforma constitucional en marcha debe contribuir a una provincia con transparencia y sin mandatos monárquicos. Por eso es importante que la Auditoría General de la Provincia esté integrada por profesionales independientes, y que la oposición política funcione como mecanismo de control. Y que los intendentes y concejales tengan mandatos acotados: cuatro años y con una sola posibilidad de reelección. Esto es esencial para la república.

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La reforma constitucional en marcha debe contribuir a una provincia con transparencia y sin mandatos monárquicos. Por eso es importante que la Auditoría General de la Provincia esté integrada por profesionales independientes, y que la oposición política funcione como mecanismo de control. Y que los intendentes y concejales tengan mandatos acotados: cuatro años y con una sola posibilidad de reelección. Esto es esencial para la república.

El artículo 169 de la Constitución de Salta se refiere a un órgano muy sensible para la transparencia de la gestión pública: la Auditoría General de la Provincia.

Allí establece que el organismo debe estar integrado por tres o cinco miembros, con título universitario en abogacía, ciencias económicas u otra especialización en administración financiera, control y auditoria. Son seleccionados por una comisión permanente de la Cámara de Diputados, integrada por siete miembros, con participación de la minoría. Son designados previa audiencia pública por el Senado, en sesión pública. Duran cinco años en sus funciones y pueden ser reelegidos. Tienen las mismas incompatibilidades y gozan de las mismas inmunidades que los jueces y son removidos por juicio político.

El texto se refiere solamente al título de grado que deben mostrar los auditores, pide especialización para los graduados, excepto los abogados. No requieren experiencia anterior ni antecedentes académicos que acrediten idoneidad en control de gestión financiera.

Esto ya es una falencia, muy seria, que debería ser reparada en esta reforma, incluyendo la experiencia como condición para una tarea tan delicada. Porque esta función esencial para que funcione la república. Con buenos controles previos en la Sindicatura, y post en la Auditoría, se pondría doble barrera a la corrup ción.

La Auditoría provincial tiene legitimación para actuar por sí misma, señalada claramente en la Constitución, y ningún decreto puede elimi narla.

Tiene facultades para auditar a los municipios, y una cuestión que no se entiende ni se justifica es que no audita jamás al municipio de Salta. No hay justificación válida legalmente para no hacerlo.

La reforma constitucional debería establecer que la auditoría debe ser presidida por un representante de la oposición al partido del gobierno en ejercicio. Es decir, no debe formar parte del partido, frente o coalición con el poder de turno.

El control no debe estar en manos de los controlados. Es un sinsentido. Hay que dar efectiva participación a la oposición en la elección y en la gestión como lo tiene la Auditoría General de la Nación. Todo el trámite debe ser garantía de transparen cia.

¿Quién controla a la auditoría? ¿Quién revisa los informes finales? La reforma constitucional debe facilitar (y exigir) la tarea de control que es compartida por la Legislatura (aunque a veces no lo parezca), la Justicia y los organismos específicos.

Y el cargo de auditor no debe gozar de reelecciones sin límite. También acá, no es conveniente el funcionario atornillado al cargo.

Régimen municipal

En primer lugar, para crear un nuevo municipio, hoy se requiere una población permanente de mil quinientos habitantes y una ley a tal efecto. Considero importante aumentar el número de habitantes exigido para que una localidad pueda constituirse en municipio, por cuestiones, de organización, gestión, de administración financiera y de desarrollo.

Un tema central del que deberán ocuparse los convencionales es el de la reelección indefinida de intendentes y concejales.

Aquí debería ponerse un límite de tiempo. Mi opinión: el cargo de intendente debe seguir siendo de cuatro años, con una sola reelección. Nada más que dos mandatos. Tiempo suficiente para poder realizar su plan de acción y de gobernanza propuesto al pueblo.

En cuanto a los concejales, mandatos de cuatro años, con posibilidad de una sola reelección.

Es decir: construir una Salta con transparencia y sin ningún propietario del cargo que, circunstancialmente, ocupa.

 

 

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